14 de julio de 2017

EL SCRIPTORIUM REAL DE ALFONSO X EL SABIO.


TEMAS QUE VAMOS A DESARROLLAR
1. Un rey que necesita del saber.
1.1. Antecedentes culturales generales.
1.2. Antecedentes eclesiásticos.
1.3. Alfonso X y los "Studia Generale".
2. Un rey que se reputa en el saber.
3. El Scriptorium real.
3.1. Antecedentes. Traductores de textos árabes durante el siglo XII.
3.2. Una realidad social: mozárabes y órdenes misioneras.
3.3. Los préstamos de los textos antiguos de los monasterios.
3.4. El equipo del Scriptorium Real.
3.5. Método de traducción del equipo del Scriptorium Real.
3.6. Los diversos lugares del Scriptorium Real.
3.7. Etapas del Scriptorium Real.
4. Alfonso X, impulsor de las traducciones de los textos árabes al castellano.
4.1. Propósito de Alfonso X para fortalecer el castellano.
4.2. Fidelidad al texto original en la traducción del equipo del Scriptorium Real.
4.3. ¿Cuál fue el grado de participación del rey en las obras?
5. Las obras del Scriptorium Real.

Salvo una decena o veintena, de las 427 "Cantigas de Santa María", 35 poemas de escarnho y maldezir, 4 tençós y otros cuatro cantigas de amor, el rey Alfonso X no creó personalmente más obra literaria.

[Cfr.: • Ferreira, Manuel Pedro. “Alfonso X, compositor”, Alcanate, V (2006-2007), pp. 117-37.
• González Jiménez, Manuel. "Alfonso X. Poeta profano", in Boletín de la Real academia Sevillana de Buenas Letras. Minervae Baeticae, 35 (2007), pp. 105-124.
• Paredes, Juan. El cancionero profano de Alfonso X el Sabio: edición crítica, con introducción, notas y glosario. Santiago de Compostela: Servizo de Publicación e Intercambio Científicio, 2010.
• Snow, J. T. "El yo anónimo y las Cantigas de Santa María de Alfonso X", in Alcanate, VI (2008-2009), pp. 309-322.
• Vaquero, Mercedes. “’E dest’un mui gran miragre vos contarei que oy’. Oralidad y textualidad en las Cantigas de Santa María”, in International Conference on Galician Studies (Oxford 1994), in Fernández Salgado, B. (ed.). Actas do IV Congreso Internacional de Estudos Galegos. Oxford: Center for Galician Studies, 1997, pp. 55-69.]

De ahí que se convenga que hemos de "considerar el nombre de Alfonso X como una etiqueta bajo la que se reúnen numerosos autores que trabajaron al servicio del rey".

[Alvar, Carlos. Traducciones y traductores. Materiales para una historia de la traducción en Castilla durante la Edad Media. Madrid: Ed. del Centro de Estudios Cervantinos, 2010, pág. 118.]

1. UN REY QUE NECESITA DEL SABER.

Ahora bien, no es menos cierto que será el rey quien impulse la creación y recopilación de un número significativo e importante de textos (es el "gran propulsor de toda sabiduría", como señaló Solalinde), el traslado y adaptación de otros, y el que dirija y promueva la fijación de términos y expresiones para un castellano "derecho" [cfr.: Cárdenas, Anthony J. "Alfonso X nunca escribió 'castellano drecho'", in AIH. Actas X (1989), pp. 151-159], lengua elegida para unificar culturalmente a sus súbditos, fieles de las tres religiones del libro (judíos, árabes y cristianos), y que se priorizó en toda la Cancillería (una vez más, la lengua como compañera del imperio), frente a las posturas de los cluniacenses prelados toledanos, que desde el siglo pasado, con el arzobispo de Toledo Bernardo de Cluny y don Raimundo de Sauvetât primero y luego por sus sucesores Cerebruno, Jiménez de Rada..., se impulsaron las traducciones del árabe al latín (priorizando de esta manera el latín como vehículo universal de comunicación de la Iglesia).

1.1. ANTECEDENTES CULTURALES GENERALES.

Este propósito y actitud no nació de la nada, sino que se fue trazando en los años anteriores. Es lo que se viene conociendo como el "Renacimiento de los siglos XII-XIII", según la denominación de Ch. H. Haskins (en 1923), y que conllevó cambios culturales -sustentándose en la cultura propia de cada país, la latina y griega, y las nuevas incorporaciones de los árabes, fundamentalmente a través de España; provocando la aparición de la literatura vernácula: crónicas, cantares de gesta, lírica cortesana...; la resurrección nuevamente de los clásicos, la creación de las primeras universidades, la culminación del románico e inicio del gótico-; científicos -gracias al contacto con el mundo árabe: astrolabio, grabado, pólvora, lente, rueca, molino de viento-; religiosos -reforma gregoriana, revolución monástica y y aparición de las órdenes mendicantes, etc.

Como dice N. Salvador:

"en el reino castellano-leonés florecerá durante el siglo XIII una cultura cortesana que, desde la perspectiva literaria y sin que siempre quepa hacer una distinción neta, cabe definir como aquella que guarda relación con el entorno de una corte, donde los escritores encuentran para sus tareas unas condiciones propicias que van desde el patrocinio regio o señorial hasta el trabajo en un ámbito que favorece determinados temas y en el que se mueven otros autores coterráneos y extranjeros que dan a conocer sus novedades a un público que, por su formación superior, es capaz de apreciar las creaciones literarias con un juicio más depurado y un disfrute más hondo. En este concepto encajan en la Castilla del siglo XIII no pocas cortes presididas por aristócratas y jerarcas eclesiásticos, si bien la labor literaria cortesana se centró, ante todo, en las cortes de sus monarcas, a partir de Fernando III.
El mecenazgo literario de Alfonso X engarza, por tanto, con una tradición castellana y europea, de modo que su proceder se asemeja, desde la óptica que nos ocupa, al que manifestaron coetáneamente a su reinado san Luis de Francia, Jaime I y Pedro III de Aragón, Hákon IV de Noruega y tantos príncipes y señores de los estados italianos y provenzales. Sin embargo, lo que distingue el mecenazgo literario de Alfonso respecto a otros monarcas es su amplitud en cuanto a la cifra de escritores y a la variedad de materias a que se extiende, por lo que cabe afirmar que “ningún otro rey medieval, ni tan siquiera su pariente el Hohenstaufen Federico II, pudo jactarse de una obra de creación tan extensa y elevada” (R. I. Burns)".

 [Salvador Miguel, Nicasio. "La labor literaria de Alfonso X y el contexto europeo", in Alcanate, IV (2004-2005), pág. 88].

1.2. ANTECEDENTES ECLESIÁSTICOS.

Pero es que, además, ese ambiente intelectual previo tuvo como agentes activos a los obispos del momento, universitarios todos y preocupados por que cada una de sus sedes pudiera desarrollar un studium personal y de prestigio, como fue el caso, sirvannos de ejemplo, del belicoso cruzado arzobispo de Toledo don Martín López de Pisuerga (segundo cuarto del siglo XII-1208), a través de Juan Hispano, arcediano de Cuéllar primero y luego obispo de Albarracín-Segorbe, y del obispo Arderico (1184-1207) y su sucesor Tello Téllez de Meneses (1170-1246) en Palencia, fundando el "Estudium Generale" en 1208:

"De algunos conocemos su formación en los 'studia generalia' más importantes del Occidente. Es el caso de Rodrigo Jiménez de Rada que estudió leyes en Bolonia y telogía en París, ocho años en total a partir de 1195, y en París probablemente compartió inquietudes intelectuales con el futuro obispo de Burgos, Mauricio, al que le uniría en adelante una estrecha amistad. De otros obispos conocemos su condición de 'magistri', es decir, especialistas en cánones. Tal fue el caso de Melendo de Osma y del calagurritano Juan García de Agoncillo. Conexiones con la famosísima biblioteca del monasterio de Oña se detectan tanto en el caso del arzobispo Martín López de Pisuerga como en el citado Melendo de Osma. En algún otro caso hay que presuponer una muy sólida formación. Podría ser el supuesto de Cerebruno que, en su fase de obispo seguntino, habría podido ser preceptor del príncipe Alfonso [pues el rey llega a denominarlo maestro, y en alguna ocasión lo avala por los servicios prestados 'ab infantia mea'], y quizá también del obispo Roberto de Calahorra, 'padre espiritual del rey' [como lo denomina González, Julio. El reino de Castilla en la época de Alfonso VIII. Vol. II. Documentos (1145-1190). Madrid: CSIC, 1969, doc. 133]. También habría que presuponer esa formación íntegra en el caso de posibles autores de tratados teológicos como Pedro de Cardona, arzobisppo de Toledo".
[Ayala Martínez, Carlos de. "Los obispos de Alfonso VIII", in Carreiras Eclesiásticas no Ocidente Cristao (séc. XII-XIV). Lisboa: Centro de Estudos de História Religiosa, 2007, pág. 178.]

Todos estos primeros "Studia", además, venían generados por lo establecido en el Concilio III de Letrán de 1179, XI Ecuménico, que en su canon 18, emanó un decreto general que prescribía la creación de escuelas en todas las catedrales de la cristiandad, las cuales, "per unamquamque cathedralem ecclesiam magistro qui clericos eiusdem ecclesiae ac scholares pauperes gratis doceat" (debían tener un maestro que enseñase gratuitamente a los clérigos de dichas iglesias y a los niños pobres que demostraran aptitudes suficientes).

1.3. ALFONSO X Y LOS "STUDIA GENERALE".

Alfonso X, pues, es un rey preocupado y pendiente de la necesidad de formación y estudios ("natural cosa es de cobdiciar los omnes saber los fechos que acahescen en todos los tiempos"), tanto de los reyes como de los demás miembros de su corte, pues " "de los ombres sabios, los ombres e las tierras de los reinos se aprovechan, e se guardan e se guian por el consejo dellos", pero, además también de sus otros súbditos, haciendo posible no sólo la transmisión del saber en los Studii -en Palencia y Salamanca se enseñaron las artes liberales y el derecho, en Murcia las matemáticas y la medicina, en Sevilla la medicina y los idiomas latino y árabe)- sino la creación de saber en esos mismos centros.

Como muestra de este interés, ya se hizo eco el rey de la necesidad de que las catedrales tuvieran un gramático, y aún más:

«por eso manda el derecho que en cada una iglesia obispal haya maestro de gramática, que es arte para aprender el lenguaje del latín [a lo que añadía el corpus de Graciano: «Gammatica legenda est ut per eam Sacrae Scripturae intelligantur», esto es, "deben darse clases de gramática, para que por medio de ella puedan ser entendidas las Sagradas Escrituras"], y otrosí de lógica, que es para saber y conocer distinguir la verdad de la mentira, y aun de retórica, que es ciencia que muestra ordenar las palabras apuestamente y como conviene. Y estos tres saberes tuvo por bien la iglesia que aprendiesen los clérigos, porque son muy provechosos a los que los saben, y les mueven a hacer obras de piedad, lo que los clérigos tienen que hacer. Mas los otros cuatro saberes, que es el uno de ellos la aritmética, que es arte que muestra las maneras de las cuentas, y el otro, geometría, que es para saber cómo se pueden medir y estimar todas las cosas por estimación o por vista, y el tercero, la música que es saber de acordanza de los sones y de las otras cosas, y el cuarto astronomía, que es para saber el movimiento de los cielos y el curso de los planetas y estrellas, no tuvieron por bien los santos padres que se esforzasen mucho los clérigos en aprenderlo, pues aunque estos saberes son nobles y muy buenos cuanto en sí, no son convenientes a los clérigos, ni se moverían por ellos a hacer obras de piedad, así como rezar y confesar y las otras cosas semejantes de estas, que tienen que hacer de derecho».
Primera Partida, Título V, Ley 37-1.

Junto a ello, se ha venido remarcando que el rey Alfonso es el único rey que dedicó un tratado a la universidad (en la Segunda Partida. título XXXI "De los estudios en que se aprenden los saberes, e de los maestros e de los escolares", Leyes 1-11).
[Cfr.: García y García, Antonio. "La enseñanza universitaria en las Partidas", in Glossae. Revista de Historia del Derecho Europeo, 2 (1989-1990), pp. 107-118].

SEGUNDA PARTIDA.

TÍTULO XXXI. DE LOS ESTUDIOS EN QUE SE APRENDEN LOS SABERES, ET DE LOS MAESTROS, ET DE LOS ESCOLARES.

De cómo el rey et el pueblo deben amar et guardar la tierra en que viven poblándola et amparándola de los enemigos, dexiemos asaz complidamente en los títulos ante deste. Et porque de los homes sabios los regnos et las tierras se aprovechan, et se guardan et se guían por el consejo dellos, por ende queremos en la fin desta Partida fablar de los estudios, et de los maestros et de los escolares que se trabajan de amostrar et de aprender los saberes: et diremos primeramente qué cosa es estudio: et quántas maneras son dél: et por cuyo mandado debe seer fecho: et qué maestros deben seer los que tienen las escuelas en los estudios: et en qué logar deben seer estabescidos: et qué previllejo et qué honra deben haber los maestros et los escolares que leen et aprenden hi cutianamente: et después fablaremos de los estacionarios que tienen los libros, et de todos los homes et cosas que pertenescen a estudio general.

LEY I. Qué cosa es estudio, et quántas maneras son dél, et por cuyo mandado debe seer fecho.

Estudio es ayuntamiento de maestros et de escolares que es fecho en algunt logar con voluntad et con entendimiento de aprender los saberes: et son dos maneras dél; la una es a que dicen Estudio General en que ha maestros de las artes, así como de gramática, et de lógica, et de retórica, et de arismética, et de geometría, et de música et de astronomía, et otrosí en que ha maestros de decretos et señores de leyes: et este estudio debe seer establescido por mandado de papa, o de emperador o de rey. La segunda manera es a que dicen estudio particular, que quier tanto decir como quando algunt maestro amuestra en alguna villa apartadamente a pocos escolares; et tal como este puede mandar facer perlado o concejo de algunt logar.

LEY II. En qué logar debe seer establescido el estudio, et cómo deben seer seguros los maestros et los escolares que hi vibieren a leer et aprender.

De buen ayre et de fermosas salidas debe seer la villa do quieren establescer el estudio, porque los maestros que muestran los saberes et los escolares que los aprenden vivan sanos, et en él puedan folgar et rescebir placer a la tarde quando se levantaren cansados del estudio: et otrosí debe seer abondada de pan, et de vino et de buenas posadas en que puedan morar et pasar su tiempo sin grant costa. Et otrosí decimos que los cibdadanos de aquel logar do fuere fecho el estudio deben mucho honrar et guardar los maestros, et los escolares et todas sus cosas; et los mensageros que venieren a ellos de sus logares non los debe ninguno peyndrar nin embargar por debdas que sus padres debiesen nin los otros de las tierras onde ellos fuesen naturales: et aun decimos que por enemistad nin por malquerencia que algunt home hobíese contra los escolares o a sus padres non les deben facer deshonra, nin tuerto nin fuerza. Et por ende mandamos que los maestros, et escolares, et sus mensageros et todas sus cosas sean seguros et atreguados en veniendo a los estudios, et en estando en ellos et en yéndose para sus tierras: et esta seguranza les otorgamos por todos los logares de nuestro señorío, et qualquier que contra esto ficiese, tomándoles por fuerza o robándoles lo suyo, débegelo pechar quatro doblado, et sil firiere, ol deshonrare ol matare, debe seer escarmentado cruamente como home que quebranta nuestra tregua et nuestra seguranza. Et si por aventura los judgadores ante quien fuese fecha aquesta querella fuesen negligentes en facerles derecho así como sobredicho es, débenlo pechar de lo suyo et seer echados de los oficios por enfamados: et si maliciosamente se movieren contra los escolares non queriendo facer justicia de los que los deshonrasen, o feriesen o matasen , estonce los oficiales que esto ficiesen deben seer escarmentados por alvedrío del rey.

LEY III. Quántos maestros a lo menos deben estar en el Estudio General, et a qué plazo les debe ser pagado su salario.

Para seer el Estudio General complido quantas son las ciencias tantos deben seer los maestros que las muestren, así que cada una dellas haya hi un maestro a lo menos: pero si de todas las ciencias non pudiesen haber maestros, ahonda que haya de gramática, et de lógica, et de retórica, et de leyes et de decretos. Et los salarios de los maestros deben seer establescidos por el rey, señalando ciertamente a cada uno quanto haya segunt la ciencia que mostrare et segunt que fuere sabidor della: et aquel salario que hobiere a haber cada uno dellos débengelo pagar en tres veces; la primera parte le deben dar luego que comenzare el estudio, et la segunda por la Pascua de Resurrección, et la tercera por la fiesta de Sant Iohan Bautista.

 LEY IV. En qué manera deben los maestros mostrar los saberes a los escolares.

Bien et leaalmente deben los maestros mostrar sus saberes a los escolares leyéndoles los libros et faciendogelos entender lo mejor que ellos pudieren: et desque comenzaren a leer deben continuar el estudio todavía fasta que hayan acabados los libros que comenzaron, et en quanto fueren sanos non deben mandar a otros que lean en su logar dellos, fueras ende si alguno dellos mandase a otro leer alguna vez por facerle honra et non por razón de se excusar él del trabajo de leer. Et si por aventura alguno de los maestros enfermase después que hobiese comenzado el estudio de manera que la enfermedat fuese tan grande o tan luenga que non pudiese leer en ninguna manera, mandamos quel den el salario también como si leyese todo el año: et si acaesciese que muriese de la enfermedat, sus herederos deben haber el salario también como si hobiese leído todo el año.

LEY V. En qué logares deben seer ordenadas las escuelas de los maestros.

Las escuelas del estudio general deben seer en logar apartado de la villa, las unas cerca de las otras, porque los escolares que hobieren sabor de aprender aina puedan tomar dos liciones o más si quisieren en diversas horas del día, et puedan los unos preguntar a los otros en las cosas que dubdaren: pero deben las unas escuelas seer tanto arredradas de las otras, que los maestros non se embarguen oyendo los unos lo que leen los otros. Otrosí decimos que los escolares deben guardar que las posadas et las casas en que moraren los unos non las lueguen los otros en quanto en ellas moraren et hobieren voluntad de morar en ellas: pero, si entendiese un escolar que en la casa en que morase el otro non habíe voluntad de fincar más de fasta el plazo a que la él habíe logada, si él hobiere sabor de la haber, débelo preguntar al otro que la tiene si ha voluntad de fincar en ella del plazo adelante; et sil dixere que non, estonce puédela logar et tomar para sí et non de otra guisa.

LEY VI. Cómo los maestros et escolares pueden facer ayuntamiento et hermandad entre sí, et escoger uno que los castigue.

Ayuntamiento et confradias de muchos homes defendieron los antiguos que non se ficiesen en las villas nin en los regnos, porque dellas se levanta siempre mas mal que bien: pero tenemos por derecho que los maestros et los escolares puedan esto facer en Estudio General, porque ellos se ayuntan con entencion de facer bien, et son extraños et de logares departidos: onde conviene que se ayuden todos a derecho quando les fuere meester en las cosas que fueren a pro de sus estudios o amparanza de sí mesmos et de lo suyo. Otrosí pueden establescer de sí mesmos un mayoral sobre todos a que llaman en latin 'rector' que quier tanto decir como regidor del estudio, a que obedescan en las cosas que fueren convenibles, et guisadas et derechas. Et el rector debe castigar et apremiar a los escolares que non levanten bandos nin peleas con los homes de los logares do ficieren los estudios nin entre si mismos, et que se guarden en todas guisas que non fagan deshonra nin tuerto a ninguno, et defenderles que non anden de noche, mas que finquen asosegados en sus posadas, et punen de estudiar, et de aprender et de facer vida honesta et buena: ca los estudios para eso fueron establescidos, et non para andar de noche nin de día armados, trabajándose de pelear o de facer otras locuras o maldades a daño de sí et a destorbo de los logares do viven: et si contra esto veniesen, estonce el nuestro juez los debe castigar et endereszar de manera que se quiten de mal et fagan bien.

LEY VII. Quáles jueces pueden apremiar a los escolares.

Los maestros que muestran las ciencias en los estudios pueden judgar sus escolares en los pleytos et en las demandas que hobieren unos contra otros, et en las otras que algunos homes les ficiesen que non fuesen sobre pleyto de sangre; et non les deben demandar nin traer a juicio ante otro alcalle sin su placer dellos. Pero si les ficieren demanda delante su maestro, en su escogencia es de responder a ella ante él, o delante del obispo del logar o delante del juez del fuero qual más quisiere: mas si el escolar hobiere demanda contra otro que non sea escolar, estonce debe demandar derecho ante juez que pueda apremiar al demandado. Otrosí decimos que si el escolar que es demandado ante el juez del fuero non alegare su previllejo deciendo que non debe responder sinon ante su maestro o antel obispo así como sobredicho es, si respondiere llanamente a la demanda, pierde el previllejo que habíe quanto en aquella cosa sobre que respondió, et debe el pleyto ir adelante fasta que sea acabado por aquel juez ante quien lo comenzó. Mas si por aventura el escolar se quisiese ayudar de su previllejo ante que respondiese a la demanda deciendo que non queríie nin debíe responder sinon ante su maestro o delante el obispo, et le apremiasen et le ficiesen responder a la demanda amidos, estonce el que habíe la demanda contra él debe perder por ende todo el derecho que habíe en la cosa que le demandaba, et el juez que así lo apremiase debe haber pena por ende por alvedrío del rey, fueras ende en pleyto de justicia de sangre que fuese movido contra escolar que fuese lego.

LEY VIII. Qué honras deben haber los maestros, et señaladamente los de las leyes.

La ciencia de las leyes es como fuente de justicia, et aprovéchase della el mundo más que de las otras ciencias; et por ende los emperadores que ficieron las leyes otorgaron previllejo a los maestros dellas en quatro maneras: la primera es que luego que son maestros han honra de Maestros et de Caballeros, et llámanlos Señores de Leyes; la segunda es que cada [vez] que el Maestro de derecho venga ante algunt juez que esté judgando, débese levantar a él, et saluarle et rescebirle a seer consigo; et si el judgador contra esto ficiese, ponel la ley por pena que le peche tres libras de oro; la tercera es que los porteros de los emperadores, et de los reyes et de los príncipes non les deben tener puerta cerrada nin embargarles que non entren ante ellos quando meester les fuere, fueras ende a las sazones que estudiesen en grandes poridades, et aun estonce débengelo decir como están tales Maestros a la puerta, et preguntarles si los manda acoger o non; la quarta es que los que son sotiles et entendudos, et que saben bien mostrar este saber, et son bien razonados et de buenas maneras, et que han veinte años tenido escuelas de las leyes, deben haber honra de condes. Et pues que las leyes et los emperadores los quisieron tanto honrar, guisado es que los reyes los deban mantener en aquella misma honra; et por ende tenemos por bien que los Maestros sobredichos hayan en todo nuestro señorío las honras que desuso deximos, así como la ley antigua lo mandó. Otrosí decimos que los Maestros sobredichos et los otros que muestran sus saberes en los estudios o en la tierra do moran de nuestro señorío, que deben seer quitos de pecho, et non son tenudos de ir en hueste nin en cabalgada, nin de tomar otro oficio sin su placer.

LEY IX. Cómo deben probar al escolar que quiere seer maestro ante quel otorguen licencia.

Decípulo debe ante seer el escolar que quisiere haber honra de maestro: et quando hobiere bien deprendido el saber debe venir ante los mayorales de los estudios que han poder de le otorgar licencia para esto: et deben catar en poridat ante que gela otorguen si aquel que gela demanda es home de buena fama et de buenas maneras. Otrosí le deben dar algunas liciones de los libros de aquella ciencia de que quiere seer maestro: et si ha buen entendimiento del texto et de la glosa de aquella ciencia, et buena manera et desembargada lengua para mostralla, et responde bien a las qüestiones et a las preguntas que le ficieren, débenle después otorgar públicamente honra para seer maestro, tomando la jura dél que muestre bien et lealmiente la su ciencia, et que non dio nin prometió a dar ninguna cosa a aquellos quel otorgan la licencia, nin a otros por ellos porque le otorgasen poder de seer maestro.

LEY X. Cómo en todos los escolares del estudio deben haber un mensagero a que llaman bedel, e quál es su oficio.

La universidat de los escolares debe haber un mensagero que llaman en latin 'bidellus': et su oficio deste atal es de andar por las escuelas pregonando las fiestas por mandado del mayoral del estudio; et si acaesciese que algunos quisiesen vender libros o comprar, débengelo decir, et desí debe él andar pregonando et deciendo que quién quiere tales libros que vaya a tal estación en que son puestos: et desque sopiere quáles quieren vender et quáles comprar, debe traer la trujamania entrellos bien et lealmiente. Otrosí pregone este bedel de cómo los escolares se ayunten en un logar para veer et ordenar algunas cosas de su pro comunalmiente, o para facer examinar a los escolares que quieren seer maestros.

LEY XI. Cómo los Estudios Generales deben haber estacionarios que tengan tiendas de libros para enxemplarios.

Estacionarios ha meester que haya en cada Estudio General para seer complido, et que tenga en sus estaciones libros buenos, et legibles et verdaderos de texto et de glosa que los loguen los escolares para enxemplarios, para facer por ellos libros de nuevo o para emendar los que tovieren escriptos: et tal tienda o estación como ésta non la debe ninguno tener sin otorgamiento del rector del estudio; et el rector, ante que le dé licencia para esto, debe facer examinar primeramiente los libros daquel que quier tener la estación para saber si son buenos, et legibles et verdaderos: et al que fallase que non teníe atales libros non le debe consentir que sea estacionario nin los logue a los escolares, a menos de non seer bien emendados primeramente. Otrosí debe apreciar el rector, con consejo de los del estudio, quánto debe rescebir el estacionario por cada quaderno que prestare a los escolares para escrebir o para emendar sus libros: et debe otrosí rescebir buenos fiadores dél, que guardará bien et lealmente todos los libros que a él fueren dados para vender, et que non fará engaño.

2. UN REY QUE SE REPUTA EN EL SABER.

Y de la misma manera, el rey llegará a ser visto por sus colaboradores, como testimonian sus escritos, como un rey ilustrado y un mecenas digno de encomio:

"Loores e gracias rendamos a Dios Padre verdadero omnipotente, que en este nuestro tiempo nos deñó dar señor en tierra conoscedor de derechura e de todo bien, amador de verdad, escodriñador de sciencias, requeridor de doctrinas e de enseñamientos, que ama e allega a sý los sabios e los que se entremeten de saberes e les faze algo e mercet porque cada uno d’ellos se trabaja espaladynar los saberes en que es introducto, e tornarlos en lengua castellana, a laudor e a gloria del nombre de Dios et a onra e en prez del ante dicho señor, el que es el noble rey don Alfonso por la gracia de Dios rey de Castilla, de Toledo, de León, de Gallizia, de Sevilla, de Córdoba, de Murcia e de Jahén, e del Algarbe, e de Badajoz, que siempre de saber fue en este mundo, amó e allegó a sý las sciencias e los sabidores en ellas, et alumbró e cumplió la grant mengua que era en los ladinos por desfallimiento de los libros de los buenos filósofos e probados por que Yhuda, fi de Mosé Alcohen su alfaquím et su mercet fallando tan noble libro e tan acabado e tan conplido en todas las cosas que pertenescen en astronomía, como es el que fizo Alí, fi de Aben Ragel, por mandado del ante dicho nuestro señor a que Dios dé vida, trasladolo de lengua aráuiga en castellana. Et este libro es dicho por su nombre 'El libro conplido en los judicios de las estrellas', porque el que leyere en él ý fallará conplimiento de lo que pertenesce en los judizios de las estrellas, e este libro es partido en ocho libros".
Libro complido en los judizios de las estrellas. Fol. 1r. Ms. BNE 3065.

De su cualidad de mecenas, nos recuerda don Juan Manuel, en el Prólogo del "Espéculo", que su tío Alfonso X:
«auia en su corte muchos maestros de las ciencias e de los saberes a los quales el fazia mucho bien, e por leuar adelante el saber e por noblescer sus regnos. Ca fallamos que en todas las ciencias fizo muchos libros e todos muy buenos. E lo al, porque auia muy grant espacio para estudiar en las materias de que queria conponer algunos libros. Ca morava en algunos logares vn año e dos e más, e avn, segunt dizen los que viuian a la su merced, que fablauan con el los que querian e quando el queria, e ansi auia espacio de estudiar en lo qu’el queria fazer para si mismo, e avn para veer e esterminar las cosas de los saberes qu’el mandava ordenar a los maestros e a los sabios que traya para esto en su corte»
Don Juan Manuel. Crónica Abreviada. Prólogo.

Y que no tuvo reparos en costear lo que entendiera que fuera justo, dejan testimonio diverso algunos párrafos dispersos, cuyo pago bien podía ser en dineros o en donaciones o franquicias:

«E non catamos menoscabamiento de nuestras rendas e de nuestros derechos por que este libro fuesse a pro de todos e conplido ssegunt Dios e abondado de derecho e de iustiçia».
Espéculo.

«Los envió contentos a sus tierras, dandoles franquezas, que fuesen libres ellos y sus descendientes de pechos, derechos y pedidos, de los que hay cartas fechadas en Toledo a 12 días andados de mayo, era de 1300».
Tablas.


Aunque las más de las veces, el rey aprovechó a los sabios que ya venían realizando labores "cortesanas" en su círculo para que, además, trabajaran en su scriptorium. Tal es el caso, por ejemplo, de los judíos:
Abraham Al-Hakim (Alfaquí), toledano, médico del rey, que traducirá:
— el "Libro de la constitución del universo", de Abu Alí al-Haitam., traducido como "De mundo et coelo";
— la "Escala de Mahoma", y que Bonaventura traducirá del castellano al francés en Sevilla;
—el "Libro de la Açafeha", de Azarquiel. Éste lo escribió en honor del rey toledano Toledo, Alemun (1037-1074). Marchado luego a Sevilla escribirá sobre su funcionamiento otro libro dedicado a Al-Mu `tamid (1068-1091). EL libro fue traducido primero, del árabe al español, por el Maestro Fernando de Toledo. No satisfecho el rey con el resultad, ordenó al Maestro Bernardo el arábigo (converso del Islam) y a Abraham, su alfaquí, a re-traducir la obra en Burgos, "mejor y más precisamente".

Yehuda ben Moshe (Mosca el Menor), rabino de la singoga de Toledo y médico del rey, que colaboró en la traducción de:

— 1231: el "Tratado de la Acefeha", de al-Zarqali, junto a Guillermo el Anglicano, que lo puso en latín;
— 1250 y 1279: el "Lapidario", del texto caldeo de Abu-l-Ayis, junto con Garci Pérez;
— 1254: el "Libro conplido en los judizios de las estrellas", de Abu-l-Hassan Ali ibn Abil-Rigal (Aben Ragel), cuya recensión latina hará Álvaro de Oviedo;
— 1256: el "Libro de la ochaua esphera", compuesto a partir de una obra en caldeo de Abd-al-Rahma el Sufí, y textos de Menelao de Alejandría, y que luego será revisado por Samuel Ha-Leví, Juan de Mesina y Juan de Cremona;
— 1259: el "Libro de las cruzes", d de un texto de Abu Said Ubaid-Allah, junto a Juan de Aspa;
— 1256-11277: el "Libro de las Tablas Alfonsíes", compilado y escrito con Isaac ibn Cid (Tabí Çag), y que alcanzó numerosas versiones en latín durante la Edad Media;
— 1259 y 1277: el "Libro de la alcora", traducido con Juan de Aspa;
— 1271-1275: el "Tetrabiblon" o "Quatripartitum" de Ptolomeo...

Meir ben Todros ha-Leví Abulafia, el rabí, talmudista, médico de la reina Violante, que ayudará en los textos astronómicos.

Samuel ha-Leví Abulafia de Toledo.

Xossé alfaquí.

Rabí Çag (Isaac ibn Cid=, talmudista, señalado como "nuestro sabio", prestamista toledano, que compuso:


— el "Libro de las armellas o de la açafeha", quizá basándose en al-Zarqali;
— el "Libro del astrolabio redondo";
— el "Libro del ataçir", o astrolabio plano;
— la "Lamina universal", de ibn Jalaf de Córdoba;
— el "Libro del quadrante pora rectificar";
— el "Libro del relogio de la piedra de la sombra",
— el "Libro del relogio del agua",
— el "Libro del relogio del argent vivo",
— el "Libro del relogio del palacio de las horas".
O de los cristianos de la Cancillería real, como:

Juan de Cremona, notario real, que trabajó en el "Libro de la ochaua esphera", por ejemplo), que era notario del real.

Pietro de Reggio, notario real, que colaboró en el "Libro conplido en los judizios de las estrellas".

Bonaventura de Siena, escribano y notario real, que hizo la traducción de la "Escala de Mahoma" al francés. 

Serán pues los judíos, como hemos visto, los que hagan las traducciones árabes al romance, por su perfecto conocimiento de esta lengua, y cristianos, generalmente clérigos, quienes las viertan a un castellano "derecho" o incluso al latín, entre los que podemos citar:

Álvaro de Oviedo, que trasladó al latín la traducción de Jehuda ben Moses del "Libro conplido en los judizios de las estrellas"de Abenragel bajo el nombre de "De Iudiciis Astrologiae".
Es la muestra, además, de cómo se hacían las traducciones, puesto que en el paso del árabe al castellano queda clara la manifestación de que es "traslato de lengua castellana en araviga", y para la traducción latina se dice que Jehuda "transtulit de arabico en ydeoma maternum" y que Álvaro "transtulit de ydeomate materno en latinum".

Garci Pérez de Toledo, que ayudó a Jehuda ben Moses en el "Lapidario".

Ferrando de Toledo, traductor del "Libro de la açafeha".

Guillén Arremón de Aspa, canónigo sevillano, para la traducción del "Libro de la Alcora" y "Libro de las cruzes".

 • Juan de Mesina, que trabajó en el ""Libro de las estrellas de la Ochava Esphera".

Egidio de Tebaldis o Palma, que tradujo el "Quatripartitum", con comentarios de ibn Ridwan, y el "Liber de Iudiciis Astrologiae", junto a Pietro de Reggio.

Pedro de Reggio, notario real, citado anteriormente.

Juan de Cremona, notario real, citado más arriba.

Bonaventura de Siena, también citado.

Pero hay que señalar que no faltaron tampoco mozárabes y conversos en estas tareas, como Bernardo el arábigo, que hizo la revisión del "Libro de la açafeha", en Burgos.

 [Cfr.: Martin, Georges. "Los intelectuales y la Corona: la obra histórica y literaria", in Rodriguez Llopis, M. (ed.). Alfnso X y su época. Murcia: Carroggio, 2002, pp. 259-285.]

Es así, en definitiva, que tal y como se dice en el "Libro de las Cruces", que como "semeiando a Salamón en buscar et espaladinar los saberes", Alfonso X llegará a ser finalmente conocido como "el Sabio". La Segunda Partida deja claro testimonio de lo que entendía Alfonso X por ser un rey instruido:

Acucioso deue el Rey ser, en aprender los saberes: ca por ellos entendera las cosas de Reyes, e sabra mejor obrar en ellas. E otrosi, por saber leer, sabra mejor guardar sus poridades, e ser señor dellas: lo que de otra guisa non podria bien fazer. Ca por la mengua de non saber estas cosas, auria por fuerça a meter otro consigo, que lo sopiesse. E poderle y a auenir lo que dixo el rey Salomon: que el que mete su poridad en poder de otro, fazese su sieruo; e quien la sabe guardar, es señor de su coraçon, lo que conuiene mucho al Rey. E aun sin todo esto, por la Escriptura entendera mejor la Fe, e sabra mas complidamente rogar a Dios. E aun por el leer, puede el mismo saber los fechos granados que passaron, de que aprenda muchas buenas costumbres, e enxemplos. E non tan solamente touieron por bien los Sabios antiguos, que los Reyes sopiessen leer, mas aun que aprendiessen de todos los saberes, para poder aprouecharse dellos. E en esta razon dixo el Rey Dauid, consejando a los Reyes que fuessen entendidos, e sabidores, pues que ellos han a juzgar la tierra. E esso mismo dixo el Rey Salomon su fijo, que los Reyes aprendiessen los saberes, e non los oluidassen, ca por ellos auian a juzgar, e a mantener las gentes. E Boecio, que fue muy sabio Cauallero, dixo: que non conuiene tanto a otro ome, como el Rey, de saber los buenos saberes, porque la su sabiduria es muy aprouechosa a su gente, como que por ella han a ser mantenidos con derecho. Ca sin dubda, tan grand fecho como este, non lo podria ningun ome cumplir, a menos de buen entedimiento, e de grand sabiduria. Onde el Rey que despreciasse de aprender los saberes, despreciaria a Dios, de quien vienen todos, segund dixo el Rey Salomon, que todos los saberes vienen de Dios, e con el son siempre. E despreciaria a si mismo: ca pues que por saber, quiso Dios que se estremasse el entendimiento de los omes, del de las bestias, e quanto el ome menos ouiesse dellos, tanto menor departimiento auria entre el, e las animalias. E el Rey que esto fiziesse, auenirle y a lo que dixo el Rey David: el ome quando es en honrra, e non la entiende, fazese semejante de las bestias, e es tal como ellas.
Alfonso X. Siete Partidas. Partida II, Título V, Ley XVI.

 [Para todo este apartado, cfr.: Kleine, Marina. "Imágenes del poder real en la obra de Alfonso X. (III): Rex Sapiens", in De Medievo Aevo, IV, 1 (2015), pp. 63-98.]

Y es que el propio rey se consideraba a sí mismo sabio. Y esa sabiduría venía de Dios, como el de su imperio, "por la gracia de Dios", como nos explica en el "Setenario":

"Et por ende nos don Alffonso [...], cuyo nonbre quiso Dios por la ssu mercet quiso que sse començasse en A e sse ffeneciese en O, en que ouiesse ssiete letras, ssegunt el lenguaie de Espanna, a ssemeiança del ssu nonbre [ALFONSO]. Por estas ssiete letras enbió ssobre nos los ssiete dones del Spíritu Ssanto, que sson éstos: Spíritu de Ssaber, Spíritu de Entendimiento, Spíritu de Conseio, Spíritu de Ffortaleza, Spíritu de Seso, Spíritu de Piedat, Spíritu de Temor de Dios [...] Et por la vertud destos spíritus quiera él que este libro que nos començamos por mandado del rrey don Ffernando, que ffué nuestro padre naturalmiente e nuestro sennor, en cuyo nonbre, ssegunt el lenguaie de Espanna, ha ssiete letras [FERANDO]."
[Cfr.: López Rodríguez, C. et Redondo Reyes, P. "Tradición clásica y voluntad política en el 'Setenario' de Alfonso X el Sabio", in Humanitas, 61 (2009), pp. 143-163.]

Cualidades que conllevaron finalmente el que fuera calificado por algunos de los clérigos contemporáneos, no menos santo que su padre Fernando III :"iste dominus Alfonsus non minus illustrissimus quam proavus suus, non minus serenissimus, non minus sanctus quam pater suus".
[Benito Ruano, E. “La Iglesia española ante la caída del Imperio latino de Constantinopla, Hispania Sacra, 11 (1958), pág. 13].

Pero ciñéndonos al asunto que nos planteábamos, para para formar a sus súbditos eran necesarios dos pilares fundamentales:

① el adquirir textos de conocimiento de todas las materias posibles, disponibles en los diversos documentos árabes, que en las diversas bibliotecas de los territorios conquistados (Toledo, Córdoba, Sevilla, Murcia...), que recogían desde libros persas y producciones propias de al-Andalus o Egipto a numerosos textos griegos traducidos al árabe y desconocidos para los cristianos en esos momentos: Abd al-Wahid ibn Ishaq al-Dabbi, Abd al-Rahman ibn Umar al-Sufí (Kitab al-kawakib al-thabita al-musawwar), Abu Maslama al-Magriti (Ghayat al-hakim), Abu-l-Qasim Asbag ibn Muhammad ibn al-Samh (Kitab al-amal bi-l-asturlab), Qusta ibn Luqa (Kitab al-amal bi-l-kura al-falakiyya), Abu Marwan Ubayd Allah ibn Khalaf al-Istiji (Libro de la cruzes y Lamina universal), al-Zarqalluh (Kitab al-amal bi-l-safiha alzigiya), Abu Ali al-Haitam (Kitab fi-hay’at al-alam), Ali ibn Abi-l-Rijal (Kitab albari fi ahkam al-mugum).

hacer "leíbles" y comprensibles esos textos, no sólo para una minoría de clérigos, sino para el conjunto de sus vasallos, y para él mismo. Recordemos que su propio cronista, por ejemplo, dijo del rey que, como quisiera saber bien las escrituras, las hizo traducir al castellano.

 Para una y otra cuestión, además, debía el rey hacerse con unos competentes colaboradores.

¿Qué hizo, pues, el rey Alfonso X para alcanzar estas metas?


 3. EL SCRIPTORIUM REAL.

3. 1. ANTECEDENTES. TRADUCTORES DE TEXTOS ÁRABES DURANTE EL SIGLO XII.
 Si el camino de Santiago ("Camino francés") fue la arteria paralela que de este a oeste fue generando un foco de cultura europeo y afrancesado, donde "los viajeros se convertían en colonos, pobladores de barrios enteros, llamados "barrio de francos", en las ciudades del camino, en Logroño, en Belorado, en Burgos, en Sahagún..." [Menéndez Pidal, Ramón. La España del Cid. Vol. I, pág. 253], donde en los siglos XI y XII el saber y el arte se generaban en los monasterios cluniacenses, de abades siempre franceses hasta el primer cuarto del siglo XIII [Carlos Manuel Reglero de la Fuente, «Cluny en España. Los prioratos de la provincia y sus redes sociales (1073-ca. 1270)», Bulletin du centre d’études médiévales d’Auxerre (BUCEMA), [enlínea], 13|2009, in http://cem.revues.org/11145], gracias a la protección real, ésta descenderás más allá de la línea del Ebro, cuando se realice la toma de Zaragoza en 1118, por parte de Alfonso I el Batallador (1073-1134), tras los tres fallidos intentos previos de Alfonso VI de León en 1086, de Sancho Ramírez de Aragón en 1091, y el propio Alfonso I de Aragón en 1110; y las sucesivas conquistas de Tudela, Tarazona, Calatayud, etc., en las tierras del Bajo Aragón, el Valle del Ebro y Valle del Jalón y Jiloca. En efecto, estas conquistas propiciarán que muchos textos árabes de la Taifa de Zaragoza pudieran ser puestos a disposición de los cristianos, así como el conocimiento del árabe de muchos letrados de estas tierras.

Añádase a ello las las conquistas castellanas más allá del valle del Duero, de manera que se puede conformar otro eje vertical que descenderá desde La Rioja hasta Toledo, conquistada en 1085, y que se detendrá hasta el comienzo del siglo XIII en el valle del Tajo. Sólo a partir de 1212, con la victoria de Alfonso VIII en las Navas de Tolosas podrá Fernando III descender hacia el valle del Guadalquivir, (Córdoba en 1236; Jaén en 1246; Sevilla en 1248) y por el este hasta Murcia (1243), y generarse con su hijo Alfonso X un esplendoroso y brillante desarrollo de recopilación y traduccion de textos griegos a través de las traducciones árabes a lo largo del siglo XIII, ahora sí, desde una verticalidad total de la península de norte a sur, con nuevas irradiaciones del este peninsular en Murcia.

De modo tal, que podremos establecer, en el siglo XII, en palabras de R. Lemany, durante tres momentos distintos, un eje horizontal de este a oeste, de lugares de traducción del árabe al latín y otro vertical, de norte a sur. Eso sí, nunca formando "escuelas", sino focos culturales, que ahora se ven desplazados de los monasterios a las catedrales:

"On voit donc l'importance prépondérante de la région de l'Ebre, de Logrono à Huesca et Barcelone, dans le mouvement de traduction de l'arabe aux premières heures de la Reconquête et jusqu'au milieu du XIIe siècle, c'est-à-dire plus de cinquante années après la prise de Tolède par Alphonse VI (...).
On serait donc en droit de considérer la région de l'Ebre et de la Navarre (Pampelune) comme un centre plus précoce de traductions que Tolède (...)
Entre les années 1120 à 1160 (...), l'activité des traducteurs s'intensifie, mais aussi se disperse, d'abord tout au long de la région de l'Ebre, puis jusqu'à la Catalogne, la Navarre, pour finalement atteindre Tolède et peut-être Ségovie. Deux axes géographiques, donc: l'un qui s'étend, du Nord au Sud, de Pampelune à Tolède en passant par Logroño et Ségovie; l'autre, qui lui est perpendiculaire, correspond principalement à la région de l'Ebre, mais inclut Barcelone à son extrémité orientale" (...)
Avec Gérard de Crémone, nous abordons la troisième étape de la transmission du savoir arabe à l'Occident au XIIe siècle. Alors seulement se manifeste, chez les Latins, un intérêt marqué pour les ouvrages scientifiques et philosophiques d'Aristote.

[Lemay, Richard. "Dans l'Espagne du XIIe siècle, les traductions de l'arabe au latin", in: Annales. Économies, Sociétés, Civilisations, 18ᵉ année, 4 (1963), pp. 644, 645, 647 y 660, respectivamente].

Así tendremos que:

En Barcelona trabajarán el italiano Platón de Tívoli (último cuarto del siglo XI-1138), con el apoyo del judío Abraham Bar Hiyya (1070-1145), más conocido como Abraham Savassorda o Sáhib al Xorta («el jefe de la guardia»), formado en Zaragoza, quienes tradujeron:
• los "Nacimientos" de Albohali ,
• los "Aforismos" o "Iuducia" del astrólogo Almanzor,
• el "De usu astrolabii" o "Utilitates Astrolabii"de Abul-Qasim Maslama,
• el "Quadripartitum" o "Tetrabiblos" ('Tratado matemático en cuatro libros') de Ptolomeo,
• la "Spherica" de Theodosio de Bitinia,
• el "De Motu Stelleraum" de al-Battâni,
• el tratado de geometría llamado "Liber Embadorum" ("Eibbur ha-Meshihah ve-ha-Tishboret" o "Tratado sobre medidas y cálculos”) del mismo Abraham Savassorda...

En Zaragoza y Tudela tendremos al oscense Mosé Sefardí, judío converso que cristianizará su nombre en Pedro Alfonso (1062-1140), autor del "Dialogus contra iudaeos" donde muestra sus grandes conocimientos tanto de la Torá como del Corán y de la colección de apólogos árabes, de procedencia persa e hindú, "Disciplina Clericalis". Viajero en las cortes inglesas y francesas, enseñó matemáticas, astronomía, el uso del astrolabio, a Aristóteles, Ptolomeo, etc. Tradujo las tablas astronómicas de al-Juarismi.

En Tarazona, aprovechando la gran Biblioteca de los Banu Hud de Zaragoza, según señaló Charles Burnett [Burnett, Ch. et Pingree, D. (eds.). The Liber Aristotelis of Hugo of Santalla. London: Warburg Institute, 1997] , trabajará Hugo de Santalla, quien hará más de diez traducciones al latín de obras científicas árabes, por mandato del nuevo obispo de Tarazona, Miguel Cornel de Toulouse. Entre sus traducciones citamos:

• el "Comentario de Al-Biruni sobre las Tablas de Al-Jwarizmi", que servirá luego para la traducción al hebreo por el tudelense judío Abraham ben Ezrá,
• los "Nacimientos" de de Massha allah,
• el "Liber ymbrium" de Abu Ma'shar,
• la "Geomancia", de un anónimo Tripolitano,
• el "Centiloquium" de Ptolomeo,
• la "Tabula Samaragdina" o "Lawh Zabaryad", libro alquímico
• el "Liber Aristotelis"
• la "Scapulomancia" (arte de adivinar y predecir hechos futuros por medio del estudio de la escápula u omóplato de un ovino ) de un tal "Ablaudio babilónico" quizá Claudio Ptolomeo que fue convertido en Aflaudius Batalmius por los árabes)...

■ También en Tarazona, Tolosa o Nájera lo harán Hermann de Carintia (o el Dálmata) y Robert de Rétines.
Hermann de Carintia transcribirá al latín:

• los comentarios de Maslama de Córdoba sobre el Planisferio de Ptolomeo.
• "Introductorium in astronomiam Albumasaris Alabachiin", del persa Abu Masar,
• a instancia de Pedro el Venerable (abad de Cluny) y junto con Roberto de Chester (o Ketenensis), en 1141 traducirá el "Corán" y redactará unos opúsculos con fines de evangelización entre los musulmanes aún no convertidos.


Hermán Alemán (obispo de Astorga) que traducía del árabe al latín con ayuda de mudéjares;

Rodolfo de Brujas (que se declaraba abiertamente discípulo de de Hermann de Carinthue), traductor de obras astronómicas, en particular del "astrolabio" de Maslama ibn Ahmad al-Magriti.

Alfredo de Sareshel, traductor del "De plantis" seudoaristotélico y de la "Avicennae mineralia",

En Pamplona, Roberto de Chester (Robertus Castrensis), arcediano de Pamplona, traductor del "Corán" junto a Hermann de Carintia. En Segovia hará la traducción del "Algebra" de al-Khwarizmi y algún tratado de alquimia.

Juan de Sevilla (según Lemany, también Juan de España, o Juan de Toledo, o Juan de Luna, o Avendeuth, o Ibn Dawud el hijo del conde Sisnando Davidiz...), quien trabajó en Toledo y colaboró con Domingo González

el segoviano Domingo Gundisalvo,

el judío converso Juan Hispano,

■ El italiano Gerardo de Cremona (1114-1187)

■ El inglés Adelardo de Bath (1090-1150), quien tradujo en Toledo el "Liber Ysagogarum", de matemáticas y las "Tablas astronómicas" de Al-Khwarizmi.



Ya en el siglo XIII, tendremos a Miguel Scot, traductor, entre numerosas obras, del "De verificatione motuum coelestium", de la "Historia animalium", del "De coelo et mundo", del "De anima" (estas dos últimas obras acompañadas del comentario de Averroes) y de una adaptación por Domingo González del "Divisione philosophiae" de al-Farabi, y Hernán Alemán («el Dalmata» o «de Carintia»), traductor de la "Aethica Nichomachea", del comentario de Averroes a la "Retórica" y a la "Poética" de Aristóteles, del comentario de al-Farabi a la misma "Retórica", así como del "Psalterio" al romance».
[Martin, Georges. "Los intelectuales y la Corona: la obra histórica y literaria", in Rodriguez Llopis, M. (ed.). Alfonso X y su época. Murcia: Carroggio, 2002, pág. 260]

[Cfr., además, sobre el conjunto de estos traductores: Shafa, Shojaeddin. De Persia a la España musulmana. Huelva, Univ. de Huelva, 2000.]

Y si de manera individual acudían a traducir estos tesoros, colectivamente, bajo el "scriptorium catedralicio" de cualquier diócesis, se realizaron traducciones de los textos árabes al latín, particularmente de Toledo, de los que hablaremos más detenidamente más abajo.

3.2 UNA REALIDAD SOCIAL: MOZÁRABES Y ÓRDENES MISIONERAS.
Adiciónese a ello, dos cuestiones:
① Que en Toledo, los patricios y eclesiásticos mozárabes, no sólo eran trilingües de manera habitual a la hora de hablar: el árabe andalusí como lengua materna, el romance mozárabe propio, diferente del castellano, y el romance castellano que les era común a todos los súbditos del rey castellano; sino que los laicos más cultos y los eclesíasticos escribían en latín, pero fundamentalmente en árabe, pues habían siendo educados en esta lengua, manteniéndolo, por ejemplo, en el Registro Civil del siglo XIII toledano, en donde se hacían las inscripciones de propiedades, empeños, arriendos, tutelas, pleitos, convenios, testamentos, etc., en esta lengua (basta hojear el apreciado trabajo del conquense Gonzalez Palencia.
González Palencia, A. Los mozárabes de Toledo en los siglos XII y XIII. 3 vols. Madrid: Instituto de Valencia de don Juan, 1926-30).

Es por ello que González Ruiz nos explica que

Los alumnos de las escuelas mozárabes en un momento dado de su formación son introducidos en el conocimiento de la gramática árabe. Hay motivos para pensar que los estudios comenzaban por la iniciación en la gramática de su lengua nativa, como lo sugiere el hecho de que la gramática latina que hemos mencionado da interlineados los equivalentes en árabe, lo cual da a entender que el estudiante ya domina previamente la estructura gramatical de esta lengua (...)
De los mozárabes toledanos de los siglos XII y XIII nos ha llegado una impresionante colección de documentos escritos en árabe, a través de los cuales se descubre la vida interna de estas comunidades toledanas. No recurrían los mozárabes a sus vecinos musulmanes para que les escribieran los documentos. Sus escribanos pertenecían a su propio grupo. Y han dejado nada menos que 1.175 documentos en esta lengua, que llegan hasta el año 1300. Después de esta fecha muchos otros documentos latinos y castellanos van rubricados todavía por dos escribanos que firman en castellano y en árabe hasta 1350 aproximadamente. No puede dudarse de que la destreza en escribir una lengua se adquiere en la escuela. Por tanto, la colección documental árabe manifiesta por sí misma que las escuelas de árabe han debido durar en Toledo por lo menos hasta mediados del siglo XIV (...).
Sabemos que los estudiantes de la escuela catedralicia practicaban la lectura y la escritura sobre el salterio, que era un libro sagrado y al mismo tiempo escolar. Por su parte, las escuelas coránicas musulmanas no conocían otro libro de lectura mas que el Corán. Para mantenerse fieles a su tradición religiosa y no contaminar a sus hijos con la fe musulmana, los mozárabes recurrieron al arbitrio de verter al árabe los textos sagrados cristianos. Uno de los libros traducidos fue el Salterio".

[Gonzálvez Ruiz, Ramón. "La escuela de Toledo durante el, reinado de Alfonso VIII", in Izquierdo Benito, R. et Ruiz Gómez, F. (coord.). Alarcos 1195. Actas del Congreso Internacional Conmemorativo del VIII Centenario de la batalla de Alarcos (1995. Ciudad Real). Cuenca: Universidad de Castilla La Mancha, 1996, pp. 198-199.]

Ello les hará ser reconocidos como verdaderos expertos traductores del árabe, al ser trilingües: árabe, mozárabe/castellano, latín (sírvanos de ejemplo el clérigo mozárabe Garci Pérez el toledano, quien fue traductor al latín del "Lapidario", y además notario real en Sevilla y notario mayor de Andalucía, como ha quedado dicho más arriba.

② Y una cuestión poco estudiada, como que las órdenes misionera de los dominicos y mendicante de los franciscanos venían manteniendo, desde al menos la mitad del siglo XIII, diversos studii especializados en árabe, fundamentalmente, para que sus hermanos predicadores pudieran tener capacidad lingüística y dialéctica para convertir a los infieles. Se trata de los Studii, arabicum, Studii hebraycum, y los Studii linguarum, donde no sólo aprendían idiomas, sino que salían a su vez especializados en las obras de los principales escritores (y aunque mayoritariamente se dieron en el Reino de Aragón -como en Játiva, Valencia, Mallorca y más tarde Barcelona- recordemos el studium conventual dominico de Murcia, creado en 1266, a través de una donación de casas del rey Jaime, que acabará siendo un Studium Generale en 1272 [Martínez Ripoll, Antonio. "Aportaciones a la vida cutural de Murcia en el siglo XIII. La 'madrissa' de M. al-Ricotí y el 'Studium Solemne' de los dominicos", in Murgetana, 28 (1968), pp, 33-46] o la propia Universidad de Salamanca, que desde los inicios tuvo tres facultades Mayores: Teología, Medicina y Cánones, a las que sólo se podía acceder si previamente no se había graduado en la Facultad Menor de Artes o Filosofía, la cual, entre otras disciplinas recogía los estudios de la Cátedra de Lenguas (hebreo, caldeo y árabe) [Vázquez de Benito, M. C. "EL inicio de la enseñanza árabe en Salamanca y la Cátedra de Avicena", in Agud, A., et al. (eds.). Séptimo centenario de los estudios orientales en Salamanca. Salamanca: Univ. de Salamanca, 2012, pp. 321-330.].

[Cfr.: Giménez Reíllo, A. "El árabe como lengua extranjera en el s. XIII: medicina para convertir", in Thomas de Antonio, C. M. et Giménez Reíllo, A. (eds.). EL saber en Al-Andalus. Textos y Estudios. IV. Homenaje al profesor D. Pedro Martínez Montávez. Sevilla: Universidad de Sevilla, 2006, pp. 147-187]

3.3 LOS PRÉSTAMOS DE LOS TEXTOS ANTIGUOS DE LOS MONASTERIOS.
Y acabando de trenzar todos estos mimbres, no deben de olvidarsenos los diversos manuscritos conservados en los monasterios, llegando a pedirse en ocasiones prestados para elaborar una traducción, como ocurrió con los de los monasterios de Albelda y Nájera, por ejemplo, según consta en los documentos expedidos en Santo Domingo de la Calzada en 1270, o los solicitados al Monasterio de Silos.
[Cfr.: Rubio García, A. "En torno a la biblioteca de Alfonso X el Sabio", in F. Carmona, y F.J. Flores, (ed.) La lengua y la literatura en tiempos de Alfonso X, Actas del Congreso Internacional, Murcia 5-10 marzo 1984. Murcia: Univ. de Murcia, 1985, pp. 531-552.]

Respecto a los libros prestados de Albelda, dirá:
"Sepan quantos esta carta vieren, como yo Don ALfonso, por la gracia de Dios Rey de Castiella, de Toledo, de León, de Galisia, de Sevilla, de Cordova, de Murcia, de Jahen e del Algarve: otorgo, que tengo de vos, el Cavildo de Alvela, quatro libros de letra antigua que me emprestastes, et el uno dellos es el libro de los 'Canones', et el otro el Esidoro de 'Ethimologias', et el otro el libro de [Juan] Casiano de las 'Collaciones de los Santos Padres', et el otro el 'Lucan'. Yo tengo de vos los embiar tanto que los aia fecho escrivir. E por que esto non venga en dubda, dovos esta mi carta sellada de mio sello. Dad en Santo Domingo de la Calzada, XXII dias de Hebrero, era de mill e trecientos e ocho annos".
En cuanto al préstamo de Santa María de Nájera:
“"Sepan quantos esta carta vieren, como yo Don Alfonso, por la gracia de Dios Rey de Castiella, de Toledo, de León, de Galizia, de Sevilla, de Cordova, de Murcia, de Jaen, del Algarve: Otorgo que tengo de vos el Prior e Convento de Santa Maria de Najera quince libros de letura antigua que me emprestastes, e los libros son aquestos: las 'Editiones' de Donato, Statio de 'Tobas' [Thebas], el 'Catalogo de los Reyes Godos', el 'Libro juzgo' de ellos, Boecio 'De Consolacion', un 'Libro de Justicia', Prudencio 'Georgicas' de Vergilio, Ovidio 'Epistolas, la 'Historia de los Reyes' de Isidro el menor, Donato el 'Barbarisio', 'Vocolicas' de Vergilio, 'Liber illustr[or]um virorum', Preciano maior, Boecio 'Sobre los diez predicamentos', el comento de Ciceron sobre el 'Sueño de Scipio'. E otorgo de os los embiar tanto que los aia fecho escrevir, e por que esto no venga en duda, do vos esta mi carta sellada con mio sello. Dada en Santo Domingo de la Calzada, veinte e cinco dias de Febrero, era de mill e trecientos e ocho años”.
[Memorial Histórico Español. Colección de documentos, opúsculos y antigüedades que publica la Real Academia de la Historia. Documentos de la época de Alfonso el Sabio. Vol. I. Madrid: Real Academia de la Historia, 1851, pp. 257 y 258].

Por tanto, las posibilidades de poder hacerse con un determinado material ya elaborado eran más que factibles. Evoquemos el comentario de Bernardo de Brihuega indicando que el rey le tuvo danzando por toda España en múltiples ocasiones buscando unos libros concretos para elaborar su "Vitas patrum sanctorum a beatissimis doctoribus", que llegó a alcanzar los cinco tomos, para incorporarlas a la "General Estoria".

[Cfr.: • Bautista Pérez, Francisco. "Bernardo de Brihuega y la colección hagiográfica del ms. BNE 10252", in Zeitschrift fur romanische philologie, CXXX, 1 (2014), págs. 71-104.
• Díaz y Díaz, Manuel Cecilio. "La obra de Bernardo de Brihuega colaborador de Alfonso X", in Strenae. Estudios Filológicos e Historia dedicados al profesor Manuel García Blanco. Salamanca: 1962, pp. 145-61.
• Esos cinco tomos están recogidos en el MS. 1284 de la Biblioteca de El Escorial: Bernardus Briocanus: Gesta et passiones sanctorum, que contiene: Liber I «Vita Christi»; Liber II «Acta apostolorum»; Liber III «Passiones martyrum»; Liber IV «Gesta et miracula confessorum»; Liber V «Vitae et passiones virginum sanctarum».
• Puedes leer, en portugués, este otro manuscrito de la BNP: Bernardo de Brihuega. Vidas e Paixões dos Apóstolos, compilado por Bernardo de Brihuega, copiado por Fr. Bernardo e Fr. Nicolau Vieira, monges de Alcobaça, por iniciativa de D. Fr. Estêvão de Aguiar. Alcobaça: 1442-1443, en http://purl.pt/24126]

3.4. EL EQUIPO DEL SCRIPTORIUM REAL.

De este modo, lo primero que hizo Alfonso X, en el ánimo de crear un corpus de enciclopedismo didáctico, tal y como se venía haciendo en toda Europa desde el siglo anterior, fue rodearse de intelectuales expertos en hebreo, caldeo, árabe y latín, no sólo para que llevaran a cabo las traducciones nuevas, sino también para que le recomendaran qué textos había que seleccionar, logrando lo que se ha denominado la hispanización y cristianización de la cultura arabo-musulmana y judía. En palabras de Nicasio Salvador, el rey se rodeó de:

un equipo cuyos redactores escoge, para después orientar los trabajos previos sobre la materia, ponerlos de acuerdo y rectificarlos; en una palabra, dirige la preparación de los textos y hace una revisión completa final"
[Salvador Miguel, Nicasio. "El intelectual", in La España de Alfonso X. Cuadernos de Historia 16, 13(1985), pág. 11]

Incluso el rey hará llamamientos de sabios, como es el caso para la creación de las "Tablas Afonsíes", según indica el manuscrito de Antequera, el rey hará un llamamiento a cuantos astrónomos de su reino (acudieron de Toledo, Córdoba, Sevilla...) y foráneos (de Gascuña, de París...) quisieran participar:

"Aben Raghel y Alquibicio, sus maestros toledanos, Aben Musio y Mohamat, de Sevilla, y Joseph Aben Alí y Jacobo Abenvena, de Córdoba, y otros, más de 50, que trajo de Gascuña y París con grandes salarios, y el rey les ordenó que se traducira 'Quadripartitum' de Ptolomeo y recoger libros de Montesan y Algazel; ... que se reúnen en el Alcázar de Galiana, y disputar el movimiento del firmamento y las estrellas, que preside, cuando El Rey debe estar ausente, Abenragel y Alquibicio; ... y después de haber hecho esta gran obra desde 1258-1262, los envió a sus tierras, contentos, de acuerdo con ellos el libre paso, y que ellos y sus descendientes deberían estar libres de todo Impuestos y tributos y deberes, para los que hay cartas fechadas en Toledo, el 12 de mayo, era 1300 (mayo 1261 o 1262)"
Libro de las Tablas Alfonsíes.

Algunos de los nombres de estos colaboradores nos han sido transmitidos, como ya hemos venido señalando más arriba: el judío Judá Mosca el menor (traductor del Lapidario), , el clérigo Hermán el Alemán (traductor del Salterio), el clérigo Juan de Aspa (traductor de Cruces), el clérigo Álvaro (traductor al latín De Iudiciis Astrologiae), el clérigo Guillermo Arremón de Aspa (traductor de la Ochava esphera), el judío Habraym (traductor del árabe al castellano de la Escala de Mahoma), el alfaquí Judá ben Mosé Hacohen (traductor de la Ochava esfera, de Cruces, de los Juizios de las estrellas), el maestro Juan de Mesina (ayuntador de la Ochava esphera), el rabi Zag el de Toledo (autor de Astrolabio redondo, Armellas y Ataçir), el judío Samuel Ha-Leví de Toledo (ayuntador de la Ochava esphera), Jacobo Ruiz, Juan Alfonso, Juan de Cremona, Juan de Mesina...
[Menéndez Pidal, Gonzalo. "¿Cómo trabajaron las escuelas alfonsíes?", in Nueva Revista de Filología Hispánica, V (1951), pp. 371-372].

Estos, recopilaron documentos y luego los tradujeron, como hemos dicho, de modo que los puntos peninsulares dedicados a estos menesteres desde el siglo X (el monasterio de Ripoll, el de san Millán, el de Silos, el de Sahagún...), eso sí, exclusivamente en latín, pronto se verán superados.
[Santoyo, J. C. La traducción medieval en la Península Ibérica. León: Universidad de León, 1999.]

"E por end nos don Alffonsso, por la gracia de Dios Rey de Castiella, de Toledo, de Leon, de Gallizia, de Seuilla, de Cordaua, de Murcia, de Iahen. & dell Algarue, ffijo del muy noble rey don Ffernando & de la Reyna donna Beatriz, mandamos ayuntar quantos libros pudimos auer de Jstorias en que alguna cosa contasse de los fechos despanna, & tomamos de la cronica dell arçobispo don Rodrigo, que fizo por mandado del Rey don Ffernando nuestro padre, & de la de Maestre Iuchas, obispo de Tuy, & de Paulo Orosio, & del Lucano, & de sant Esidro el primero, & de sant Alffonsso, & de sant Esidro el mancebo, & de Idacio obispo de Gallizia, & de Sulpicio obispo de Gasconna, & de los otros escriptos de los concilios de Toledo, & de don Jordan chanceller del sancto palacio, & de Claudio Tholomeo que departio del cerco de la tierra meior que otro sabio fasta la su sazon, & de Dion que escriuio uerdadera la estoria de los Godos, & de Ponpeyo Trogo, & dotras estorias de Roma, las que pudiemos auer que contassen algunas cosas del fecho despanna. & compusiemos este libro de todos los fechos que fallar se pudieron della; desdel tiempo de Noe fasta este nuestro, & esto fiziemos por que fuesse sabudo el comienço de los espannoles, & de quales yentes fuera espanna maltrecha (...) & que obras fizo cada uno assi cuemo uinieron unos empos otros fastal nuestro tiempo.
Estoria de España. I. fol. 3r. Ms. Escorial Y-I-2.

"Despues que oue fecho ayuntar muchos escriptos & muchas estorias de los fechos antiguos, escogi dellos los mas uerdaderos & los meiores que y sope, & fiz ende fazer este libro, & mande y poner todos los fechos sennalados tan bien de las estorias de la biblia como delas otras grandes cosas que acahesçieron por el mundo, desde que fue començado fastal nuestro tiempo.”
General Estoria I. fol. 1v, Ms. 816 BNE.

Ahora bien, la recopilación y selección de fuentes debía hacerse con un criterio y no al azar.

3.5. MÉTODO DE TRADUCCIÓN DEL EQUIPO DEL SCRIPTORIUM REAL.

El scriptorium catedralicio venía utilizando para sus traducciones un sistema que se venía repitiendo en todos los demás scriptorii peninsulares: o una única persona conocedora, tanto del árabe y del latín, hacía por sí la traslación, o dos personas trabajaban conjuntamente, en la que una era conocedora del árabe, quien leía el original árabe y lo traducía la castellano, y otra recogía lo dicho en castellano por éste y lo vertía al latín.

Ahora bien, con Alfonso X la finalidad ahora no es el latín, primariamente, sino el castellano. Por tanto, el castellano, que antes era mera "lengua de enlace", y, por tanto no estuvo pulida (incluso ni siquiera escrita en ocasiones, diciéndose de viva voz) en el scriptorium catedralicio, ahora pasa a ser "lengua meta", y como tal debe ser corregida, enmendada y trata adecuadamente.

El nuevo método de trabajo nos lo consignó Gonzalo Menéndez Pidal ["Cómo trabajaron las escuelas alfonsíes", in Nueva Revista de Filología Hispánica, V, 4 (1951), pp. 363-380]


 En definitiva, el mismo consistía en:

1) Primero había que contar con los «trasladadores», que eran dos: el inicial y el final.
El trasladador inicial solía ser un judío que sabía árabe, y que vierte el texto árabe original a lengua romance.
El trasladador final es un cristiano que traslada el texto traducido a la lengua vernácula al latín.
No siempre tenía por qué haber un trasladador final, pues en contables ocasiones el texto se quedó en la traducción al castellano.
Cuando el texto final se iba a componer de varias traducciones,
 "las traducciones no se embutían una tras otra hasta formar el texto historiográfico. El texto requería una serie de precisiones para adecuarse a los intereses y al fin de la estoria. Y en este ajuste, a veces fino y a veces grueso, debieron de intervenir varias personas. No se trata de multiplicar etapas ni de hacer más complejo el esquema, sino de reconocer la existencia de cambios que adecuaban el tejido de la traducción al objetivo final, al sentido que se quisiera otorgar al texto"
Rubio Tovar, J. "La traducción en la General Estoria", in Rubio Tovar, J. (ed.). La cultura en la Europa del siglo XIII. Emisión, intermediación audiencia. Actas XL Semana de estudios medievales. Estella, 16-19 de julio de 2013. Estella: G. Navarra, 2013, pág. 252].

2) Entre medias tenemos a los «ayuntadores», que eran varios.
Uno leía en voz alta el texto pasado a romance, y los otros tomaban notas.
Después de esto, ponían en común todos los textos traducidos, "examinaban la coherencia textual y los retocaban o añadían nuevas observaciones en caso necesario". Por eso era fundamental el papel de los "enmendadores"el emendador e los trasladadores todos se acuerdan que deue dezir 'fortuna' allí o dize 'infortuna'»), llegando, como sabemos a participar aquí el rey, enderezando y quitando lo que creía que no hacía falta ("endereçolo el por sise").
Incluso podía haber un «glosador», que era un especialista capaz de apreciar, juzgar e incluso completar la obra original.
Los "ayuntadores" eran, además, los que seleccionaban las fuentes, las ensamblaban de manera coherente y significativa, definían el marco sintagmático en que disponer el texto y dividían la materia así conseguida; en definitiva: sacar de la multiplidad textual un relato único con sentido propio, un libro «conplido».
[Martin, Georges. "Los intelectuales y la Corona: la obra histórica y literaria", in Rodriguez Llopis, M. (ed.). Alfnso X y su época. Murcia: Carroggio, 2002, pág. 268.]

3) Cuando los «ayuntadores» tenían un texto al que le daban el visto bueno, se lo pasaban a los «capituladores». Estos "dividían el texto, lo organizaban y procedían después a escribir la versión final, razón por la cual no puede hablarse simplemente de traducciones, ya que la labor de compilaciones, por ejemplo, es clara en el producto final":

«et por que este libro en el arauigo non era capitulado, mandolo capitular et poner los capitulos en compeçamento del libro, segont es uso de lo fazer en todos los libros, por fallar mas ayna et mas ligero las razones et los iudizios que son en el libro ; et esto fizolo maestre Johan a su seruitio»
Libro de las Cruces.

[Pons Tovar, Monserrat. "La traducción de los textos latinos al castellano en la corte de Alfonso X el Sabio", in AnMal Electronica, 29 (2010), [en línea] http://www.anmal.uma.es/numero29/Alfonso_X.htm].

El sistema de producción colectiva empleado, haciendo que fuera abundante el número de personas que intervinieron en cada obra (trasladadores o traductores, ayuntadores, enmendadores, comentadores o glosadores, capituladores, amanuenses, etc.), fragmentando el trabajo y dependiendo unos de otros, siendo además que procedían de muy diversos lugares y no siempre trabajaban en el mismo lugar, y el hecho evidente de que, finalmente, no todas las obras fueron revisadas y corregidas, teniendo múltiples versiones no acabadas y rematadas de algunos manuscritos, hace que no haya una uniformidad lingüística en los textos alfonsíes, como ya dejó patente, entre otros Rafael Lapesa.
[Lapesa, R. Historia de la lengua española. Madrid: Gredos, 1981, pág. 239-240]

3.6. LOS DIVERSOS LUGARES DEL SCRIPTORIUM REAL.

Así pues, con este grupo de personas, de distinta procedencia y saberes, conformó su "scriptorium" real, que viene denominándose equivocadamente como "Escuela de Traductores de Toledo" desde el siglo XIX, a fuer de valerse de este marbete introducido por Amable Jourdain en 1819,
"Ce fut sans doute ce motif qui engagea D. Raimond, archevêque de Tolède, à faire passer dans la langue latine les traités philosophiques des Arabes. Parmis les personnages qui coopérèrent à cette entreprise, il en est deux surtout dont les travaux sont restés tout à fait inconnus. Nous l'avouons avec une jouissance que l'homme de lettres peut apprécier, la découverte de ce collège de traducteurs".
[Jourdain, Amable. Recherches critiques sur l'âge et l'origine des traductions latines d'Aristote et sur des commentaires frecs ou arabes employés par les docteurs scolastiques. Paris: Joubert, 1843, pág. 108]
y luego remarcado por Valentin Renan ["Ptolomeus und die Schule von Toledo", in Hermes, 8 (1874), pp. 327-349], y aceptado por Menéndez Pelayo.

En efecto, viene discutiéndose desde principios del siglo XX que hubiera tal "escuela" (recodemos, entre otros muchos, a A. González Palencia [El arzobispo don Raimundo de Toledo. Barcelona-Madrid: Labor, 1942, pp. 118-119], R. Menéndez Pidal [España, eslabón entre la cristiandad y el islam. Madrid: Austral, 1956, pág. 37], C. Sánchez Albornoz ["El islam de España y el Occidente", in Settimana di Studio Italiano sull'Alto Medioevo, XII (1965), pp. 275-293], etc.), pues ni todas las producciones se realizaron en el mismo lugar, ni hubo uniformidad ni criterio único de "escuela" en el resultado de las mismas ("nunca existió una Escuela en el estricto sentido del vocablo, es decir, un cuerpo de traductores organizado y coherente", dice Sánchez Albornoz), ni el desarrollo de su actividad fue constante y homogénea.

Y bástenos poner por caso, para sostener esta cuestión, que sabemos que algún libro fue corregido o traducido en Burgos, o que el "Libro de los juegos de açedrex, dados e tablas" fue terminado en Sevilla, o que la traducción del "Libro del astrolabio redondo" del toledano Rabi Cag, se hizo en Sevilla también (como así lo prueban los cálculos, que están ajustados a esta ciudad):

"E porque amava [el rey] los saberes e los preçiava, mandóles hazer los ynstrumentos que dixo Ptholoméo en su libro del Almagesto [...] E mandonos retificar en la çibdad de Toledo qu’es una de las çibdades prinçipales de España, guárdela Dios [...] E posimos nombre a este libro el 'Libro de las tablas alfonsíes' porque fue fecho y copilado por su mandado".
Libro de las tablas alfonsíes.

Precisamene, el rey, de itinerante corte, que pasó la mayor parte de su vida en Sevilla, además de Toledo, potenció los "Estudios Generales" de Palencia y Salamanca como universidad. Éstos habían sido fundados por su bisabuelo Alfonso VIII el primero y su abuelo Alfonso IX el segundo. Después creará unos "Studii" de latín y árabe en Sevilla, y en Murcia una escuela dirigida por al-Ricotí, concluyendo en su reinado por crear el Studium de Valladolid.

Anteriormente hubo un primer Studium creado por Alfonso VIII, en la década de los 70 del siglo XII, en Uclés (vid. el artículo sobre esta cuestíon en https://lenguayliteraturap.blogspot.com.es/2017/01/estuvo-en-ucles-el-germen-de-la-primera.html), tras el cerco de Cuenca, y a petición del primer maestre de la Orden, Pedro Fernández, y que la crítica suele pasar por alto, a pesar de que de él surgirán importantes hombres letrados para la corte, y el motor fundamental de la creación de la Universidad de Palencia. Así lo expuso el padre T. Minguella a principios del siglo XX:

(...) viéndose España poco menos que precisada a tener que servirse de extranjeros para el desempeño de embajadas fuera del Reino, a veces paar el régimen espiritual de la diócesis y para el manejo y acertada dirección de la Real Cancillería, como lo prueban los nombres de Hugos, Geraldos, Arnaldos y otros que por aquellos tiempos eran frecuentes en la expedición de las Cartas Reales. Un sentimiento de dignidad comenzó a despertarse a mediados del siglo XII, y se pensó en crear escuelas de artes liberales donde, sin dejar la noble y entonces necesarísima profesión de las armas pudiesen adquirir otros conocimientos a fin de que surgiese personal idóneo para el desempeño de los más importantes cargos de la Nación.
Uno de los que fomentaron y vulgarizaron esta hermosa idea de la educación colegiada de la juventud fue el venerable Maestro fundador de la Orden Militar de Santiago, D. Pedro Fernández, que, aprovechando la circunstancia de hallarse reunidos muchos Prelados y magnates del Reino con ocasión del cerco de Cuenca, habló calurosamente en favor del proyecto y halló a todos, como no podía [ser] menos, dispuestos a secundarlo y realizarlo. Desde luego convinieron en fundar escuelas en Uclés para los hijos de los Caballeros y uno de los primeros Maestros elegidos para aquella empresa fue nuestro D. Arderico, que, según dice Agurleta, era a la sazón individuo de aquella egregia Orden, y en quien brillaba un gran caudal de ciencia y vastos conocimientos.
La creación de estudios en Uclés produjo en todas partes un gran entusiasmo por el saber y la cultura, y nos dice el erudito Arguleta en la vida del venerable fundador de la Orden de Santiago que 'llegó a ser estrecho el campo de Uclés a los pocos años para los deseosos de letras, aun de solos hijos de Grandes y Caballeros de la Orden, sin poderse dejar de admitir también algunos del Reino de León'. Y añade que 'por esta razón el año de 1185, siguiente en que murió D. Pedro, teniendo el Rey la Semana Santa en Uclés, se dieron las Providencias ya antes meditadas de poner escuelas más generales en Palencia, ciudad capaz y puesta entre los Reinos de Castilla y León. De esto parece haberse encargado D. Arderico, Maestro primero en Uclés y Obispo recién trasladado de Sigüenza a Palencia, y D. Fernando Díaz, antes Comendador de Uclés'."
[Minguella y Arnedo, Toribio. Historia de la diócesis de Sigüenza y sus obispos. Vol. I. Madrid: Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos, 1910, pp. 134-135].

Recordemos, como nos comenta Gallego Blanco, que a este "studium":

"Algunos magnates enviaron a sus hijos a ser educados a Uclés. Este fue el caso de D. Gonzalo de Marañón, D. Rodrigo Gutiérrez y D. Tello Pérez. Los tres hijos de Gonzalo de Marañón entrarán luego en la Orden [de Santiago], y uno de ellos se convirtió en el sexto maestro. El Maestro Fernando González de Marañón (1206-1210) intercambió una muy curiosa correspondencia con el Papa Inocencio III. De los seis hijos de Rodrigo Gutiérrez, Mayordomo del rey, Gutierre Ruiz se convirtió en Canciller de Castilla en 1183, entonces obispo de Segovia, y murió en la batalla de Alarcos en 1195. Su hermano Alvaro Ruiz entró en la Orden y se le dio un puesto de Tesoro. Los otros dos hermanos, Gonzalo y Rodrigo, también llegaron a ser prominentes hombres en la corte. El primero fue Mayordomo [real] como su padre, y el segundo será Canciller de Castilla, peleando con su ex-compañero de clase de Uclés, D. Alvaro de Lara. D. Tello Pérez también educó a sus cinco hijos en Uclés. Uno de ellos, Tello Pérez se convirtió en obispo y reformó el Estudio General de Palencia, que más tarde será trasladado a Valladolid.
Es evidente que Uclés se convirtió en la sede de un estudio general. Cuando D. Pedro Fernández, primer maestro y fundador de la Orden, dio un fuero a Uclés en 1179, éste incluía una cláusula respecto a los estudiantes. Esta cláusula tendrá una continuación dichosa, ya que fue adoptada por todas las constituciones de las universidades españolas que fueron fundadas después. En 1185, un año después de la muerte de D. Pedro Fernández, el rey Alfonso VIII decidió fundar un estudio general en Palencia. Él eligió para organizarlo al obispo de la ciudad, D. Arderico, ex profesor en Uclés".

[Gallego Blanco, E. The Rule of the Spanish Military Order of St. James (1170-1493). Latin and Spanish texts. Leiden: E. J. Brill, 1971, pág. 65, nota 2.]

Esta cuestión, además, hay que decir que ya fue señala anteriormente por muchos. Así, López Arguleta, en el s. XVIII, recordaba que:

"Y por ser Uclés ya villa, con escuelas y escolanos o estudiantes, hijos de Grandes y de los más poderosos del Reyno, capaces de hacer fuerza a sus vecinos, puso la Ley siguiente: "et concedo vobis vostras casas, et vostras heredades; e posada non prenda escolano a forcia in casa de clerigo, nec de cavallero. Et senior de villa non prenda nulla casa a forcia, nisi de suo comparata".
Esta Ley es el principal Priviegio de Estudiantes, en villa destinada para Universidad; pues dexando libres las casas de clérigos y de cavalleros, podían elegir posada en qualquier otra casa, lo qual no podía el Señor mismo de la Villa. Confirmó y alabó esta Ley, con las demás del Fuero, el Noble Rey Don Alfonso en Toledo el mes de marzo de 1179. Y con él también la confirmaron los tres principales de su corte: Roy Gutierrez, su Mayordomo; Gómez Garcia, su Alferez; y Pedro de Arazur, ricohombre, y uno de los sabios de su reino, auqnue aragonés de origen. Y assi esta Ley o Privilegio es el que se estendió y comunicó a otras universidades, que después se fundaron, porque en este año no havía otra en España, siendo nuestro don Pedro el primero en ella, a quien los doctos hijos de sus universidades deben tan honrado y provechoso pensamiento".

López Agurleta, José. Vida del venerable fundador de la Orden de Santiago y de las primeras casas de redempción de cautivos. Madrid: Bernardo Peralta, 1731, pág. 148.

Guillamas en el siglo XIX:

"El fuero de Uclés fue dado por el Rey de Castilla y su mujer la Reina Doña Leonor en 1179, y en él se dice, que por ser villa con escuela y escolanos o estudiantes, hijos de Grandes y de los más poderosos del reino, les puso cierta ley como principal privilegio de estudiantes en villa destinada para universidad, cuya ley confirió y alabó con las demás del fuero el noble Rey Don Alonso, en Toledo el mes de marzo de dicho año de 1179, y fue estudiada y comunicada a otras universidades que después se fundaron, porque en dicho año [no] había otra abierta en España; siendo el primero en ella Don Pedro, a quien los doctos hijos de sus universidades deben tan honrado y provechoso pensamiento".
Guillamas, Manuel de. De las Órdenes Militares de Calatrava, Santiago, Alcántara y Montesa. Madrid: José Villeti, 1832, pág. 381.

Luego remachará esta misma cuestión Pérez Ramírez:

"de modo que era villa de estudiantes y no de cualquier clase, sino precisamente de nobles, puesto que puede tener posada en ella cualquier estudiante o escolano en la casa que más le conviniere, no siendo de clérigo o de caballero (...) No cabe duda de que por lo menos unos estudios generales de aquellos que fueron el fundamento de muchas universidades sí que puede admitirse que se trató de implantar en Uclés".
Pérez Ramírez, Dimas. Uclés, último destino de Jorge Manrique. Uclés: Seminario Menor Santiago Apósto, 1979, pág. 64.

Además, cfr.:
Mss. 17855 de la BNE sobre el Fuero de Uclés.
Fita, Fidel. "El fuero de Uclés", in Boletín de la Real Academia de la Historia, XIV-4 (1889), pp.302-355; Gross, Georg. "El fuero de Uclés, documento de mediados del siglo XII", in Boletín de la Real Academia de la Historia, CLXXXVIII-1 (1991), pp. 105-180.
Rivera Carretas, Milagros. "El fuero de Uclés (siglos XII-XIV)", in Anuario de Historia del Derecho Español, (1982), pp. 243-348.]

Mas quedó posteriormente en el olvido este primer Studium de Uclés, donde Arderico de Milán dio clases antes de ser Obispo de Sigüenza (1178-1179), y luego de Palencia (118-1208), localidad en la que se forjará una nueva universidad, impulsada por él mismo y luego por su sucesor, el obispo Tello Téllez, puesto que el rey Afonso X no sólo así lo decidió sino que mostró una determinación cierta en que se hiciera, pues como señala el arzobispo Jiménez de Rada, mandó convocar a sabios de las Galias y de Italia a Palencia, para que nunca faltara en su reino el culto del saber:

"sapientes a Gallis et Ytalia conuocauit, ut sapiencie disciplina a regno suo nunquam abesset, et magistros omnium facultatem Palencie congregauit, quibus et magna stipendia est largitus, ut omni studium cupienti quasi manna in os influeret sapiencia cuiuslibet facultatis".
Jiménez de Rada. De rebus. Liber VII, Cap. XXXIV.

Lamentablemente, luego, con la fundación de la Universidad de Valladolid, ésta perdería también su capacidad docente.

 Es por ello que hoy se prefiere la denominación de "traductores de la corte de Alfonso X" o "scriptorium real", pues, en palabras de J. F. Rivera, el resultado es que sí existió "un fenómeno cultural extraordinario provocado por unas circunstancias que supieron aprovecharse debidamente".

De esta manera, concluye así de tajante Carlos Alvar que:

"tampoco bajo el reinado de Alfonso X puede hablarse de la existencia de una Escuela de Traductores: ni existió una organización que avalara semejante idea, ni hubo un programa que orientara la actividad en ese sentido, ni en las cuentas regias o catedralicias se dedican partidas económicas a fines similares, ni en los textos alfonsíes hay comentarios al respecto. Hay que concluir, pues, que las versiones realizadas eran trabajos esporádicos que sin duda, pretendían poner al alcance de algunos astrónomos desconocedores del árabe -entre los que podría contarse el mismo rey- los textos más útiles, a la vez que servirían para dar continuidad a los conocimientos en los que se sustentaban, o a los que habían dado lugar, las observaciones. La idea de una Escuela de Traductores de Toledo (y fuera de Toledo) es el fruto de una historiografía literaria romántica y postromántica, y carece de fundamento"
[Alvar, Carlos. Traducciones y traductores. Materiales para una historia de la traducción en Castilla durante la Edad Media. Madrid: Ed. del Centro de Estudios Cervantinos, 2010, pág. 124.]

[Cfr., además: • Castillo Llunch, Mónica. "El castellano frente al latín: estudio léxico de las traducciones latinas de Alfonso X", in Elvira, Javier, et al. (coords.). Lenguas, reinos y dialectos en la Edad Media ibérica. Madrid: Iberoamericana/Vervuert, 2008, pp. 289-320.
• El-Madkouri Maataoui, Mohamed. "Escuelas y técnicas de traducción en la Edad Media", in Tonos. Revista Electrónica de Estudios Filológicos, 11 (2006), [en línea], https://www.um.es/tonosdigital/znum11/portada/tritonos/tritonos-edadmedia.htm.
• Grégorio, Daniel. "La producción del scriptorium alfonsí", in Estudios Humanísticos. Filología, 27 (2005), pp. 85-101.]

3.7. ETAPAS DEL SCRIPTORIUM DE TOLEDO.

c Desde la propuesta de R. Menéndez Pidal [ España, eslabón entre la cristiandad y el islam. Madrid: Austral, 1956, pp. 38-39], suelen distinguirse dos etapas en el Scriptorium de Toledo:

① la prealfonsina, o del scriptorium catedralicio iniciada con Raimundo de Sauvetât, arzobispo de Toledo (de 1125 a 1152), quien no sólo tradujo personalmente textos filosóficos árabes sino que produjo otros propios, y fortaleció lo que fue una actividad casual y ocasional existente en Toledo realizando traducciones, en un grupo permanente cultural dedicado a esta labor, gracias al establecimiento en Toledo de judíos letrados conocedores del árabe y el romance común, que huían de las invasiones almohades.
Así se conformó un dúo muy fructífero constituido por Gundisalvo y Juan Hispano.
• El arcediano de Cuéllar, el segoviano Domingo Gonzalo, llamado Gundisalvo (1110?-1190), trabajó bajo el mandato del arzobispo Juan de Castelmorón y luego el de Cerebruno, traduciendo, junto al equipo que se formó en ese período, y creando también producción propia.
Entre las obras de traducción se citan más de una veintena, junto ibn Dawud y a Juan Hispano: de al-Farabi ("Liber de Scientiis", "Fontes Quaestionum", "De intellectu", "Liber excercitationis ad viam felicitatis"), Alejandro de Afrodisia ("De intellectu"), al-Kindi ("De intellectu"), Avicena ("Metaphysica", "Logica", "De universalibus", "De anima seu sextus naturalium", "De convenientia et differentia subiectorum", "De viribus cordis"), ibn Gabirol ("Fons vitae"), o Ishaq al-Israili ("Liber de definitionibus")...
En cuanto a su producción personal citaremos: "De divisione philosophiae", "De scientiis", "De processione mundi", "De unitate et uno", "De anima".

[ Alonso Alonso, M. “Notas sobre los traductores toledanos Domingo Gundisalvo y Juan Hispano”, in Al-Andalus, VIII, 1 (1943), pp.155-188.
________. “Traducciones del arcediano Domingo Gundisalvo”, in Al-Andalus, XII, 2 (1947), pp. 295-338.
Martin, Georges. "Los intelectuales y la Corona: la obra histórica y literaria", in Rodriguez Llopis, M. (ed.). Alfonso X y su época. Murcia: Carroggio, 2002, pág. 261.]
.

• Gundisalvo trabajaba codo con codo con el Maestro Juan Hispalense o Hispano, o Avendehut (1140-1215). En sus traducciones, verterá al latín las lecturas traducidas del árabe al romance por su colaborador judío.
Éste fue el traductor de textos de astrología (obras de Abu ali al-Hiyat, al-Kindi, Abu Ma’shar, Umar ibn alFarruhan, Ahmad Ibn Yusuf ibn al-Daya, al-Battani, Tabit Ibn Qurra, al-Qabisi, Ibn Abu-l Rigal), de astronomía (obras de Masallah, al-Fargani, Maslama ibn Ahmad al-Magriti), de medicina ("Sirr al-asrar"), de matemáticas (la "Aritmética" de al-Khwarizmi) y de la filosofía : "Liber de causis", así como obras de al-Kindi ("De intellectu"), el "Kitab afasl bayn al-ruh wal-nafs" (De differentia inter animam et spiritum) de Qusta ibn Luqa, el "Kitab ihsa al-ulum" ("De ortu scientiarum") de al-Farabi, el "Kitab al-Sifa" de Avicena, el "Yambu al-hayat" (Fons vitae) del hispanohebreo Ibn Gabirol, el "Maqasid al-falasifa" ("Liber Theorice philosophie") de al-Gazzali.
Pero también compuso Juan Hispano, en los mismos y diversos campos, un "Epitome totius astrologiae", un "De practica astrolabii", un "Liber de causis primis et causis secundis et de fluxu qui sequitur eas", un "Tractatus de anima", un "De essentiis" y quizá un libro de quiromancia.
[cfr.: Alonso Alonso, M. “Traducciones del árabe al latín por Juan Hispano (Ibn Dâwûd), in Al-Andalus, XVII (1), 1952.
Martin, Georges. "Los intelectuales y la Corona: la obra histórica y literaria", in Rodriguez Llopis, M. (ed.). Alfonso X y su época. Murcia: Carroggio, 2002, pág. 261.]
.

• Y también tuvo Gundisalvo como colaborador al filósofo aristotélico, también judío, Abraham ben David ha-Levi (1110-1180), por otro nombre conocido como Abendauth, o ibn Dawud, huido de Córdoba tras la toma almohade.

[Cfr., además: González Palencia, Ángel. El arzobispo don Raimundo de Toledo. Barcelona: Labor , 1942.
Polloni, N. Domingo Gundisalvo, Traductor y Filósofo. Madrid: Fundación Ignacio Larramendi, Digibís, 2013.]

Otro equipo se conformará entorno al italiano Gherardo da Cremona (1114-1187), que llegará a ser conocido como Gherardus Tholetanus, entre 1157 y 1187. A él, personalmente, en el "Eulogium" se le atribuyeron más de 70 obras traducidas, entre las que figuraban obras de Aristóteles y sus comentaristas, Euclides, Hipócrates, Avicena, Al-Kindī, Al-Fārābī o Al-Jwārizmī. Pero sobre todo se le conoce por su traducción del "Almagesto" de Ptolomeo, que realizó en 1175 junto al mozárabe Galib.
El conjunto de sus traducciones abarcó matemáticas griega y árabe (obras de Euclides, Arquímedes, al-Khwarizmi, Ahmad ibn Yusuf, al-Nayzari, Abu Uthman), astronomía asimismo griega y árabe (obras de Teodosio, Hypsicles, Geminos, Menelaos, Ptolomeo, al-Fargrani, Tabit ibn Qurra, Gabir ibn Aflah, al-Zarqali), física (Diocles, al-Kindi, Ibn al-Haitam), medicina y farmacología (Hipócrates y sobre todo Galieno, pero también Ibn Masawayh, Yahya ibn Sarafyun, al-Razi, Abu-l-Qasim, Ibn al-Wafid), astrología (al-Fadl ibn Naubaqt, Masallah, Alchandeus), alquimia (Gabir Ibn Hayan, al-Razi), lógica (Aristóteles traducido por Matta ibn Yunus, Temistos, al-Farabi) y filosofía: el "Liber de causis" neoplatónico, así como gran parte de la obra «natural» de Aristóteles ("De naturale auditu", "De coelo et mundo", "De generatione et corruptione", "De meteorum"), de Alejandro de Afrodisia, de al-Kindi ("De quinque essentiis", "De somno et visione", "De ratione"), de al-Farabi ("Super librum aristotelis de naturale auditu", "De scientiis"), de Ishaq al-Israili ("De elementis", "De descriptione rerum et deffinitionibus").
[Martin, Georges. "Los intelectuales y la Corona: la obra histórica y literaria", in Rodriguez Llopis, M. (ed.). Alfonso X y su época. Murcia: Carroggio, 2002, pp 261-262]


Este período durará hasta Rodrigo Jiménez de Rada (1170-1247), arzobispo de Toledo, activo impulsor de la cruzada de las Navas de Tolosa, y decidido mecenas y estímulo para la actividad traductora, además de creador de la "Historia Gótica", o "Cronicón del Toledano", o "De rebus Hispaniae", en latín, que narra la historia de España desde sus comienzos hasta 1243, por encargo del rey Fernando III el Santo, y una "Historia arabum", también en latín.

 [• Catalán, Diego. "Removiendo los cimientos de la Historia de España en su perspectiva medieval", in Cuadernos de Historia del Derecho, Vol. Extra 1. Homenaje al profesor Dr. F. José Manuel Pérez Muñoz-Arranco, (2004), pp. 73-86.
• Fernández Valverde, Juan (ed., intr.). Jiménez de Rada, Rodrigo. Historia de los hechos de España. Madrid: Alianza Editorial, 1989.]

Con él se asentarán en Toledo muchos traductores extranjeros, como hemos visto más arriba:

Miguel Scot, que ya había trasladado a Averroes y al-Bitruji, al latín;
Herman Alemán, obispo de Astorga, que tradujo diversas obras de Aristóteles, a través de al-Farabi y Averroes y algunos salmos del "Salterio" de David;
Alfredo de Sareshel o Anglicus, traductor de Aristóteles a través de Avicena;
• el canónigo Marcos de Toledo, que tradujo al latín varias obras de Galeno, Hipócrates y el Corán, etc.

En resumen, podemos caracterizar esta etapa porque las traducciones serán principalmente de filosofía —se empezó a conocer realmente a Aristóteles ahora con las traducciones y comentarios de Avicena y Averroes—, medicina, matemáticas, astrología, astronomía...

La alfonsina, o del scriptorium alfonsí, que añadirá recopilaciones de cuentos como "Calila e Dimna", "Sendebar", libros de juegos, historia, religión, etc., y la creación de leyes.

Se vienen indicando al menos una nómina de quince colaboradores de este período: Álvaro de Oviedo, Bernardo el árabe, Fernando de Toledo, Garci Pérez, Guillem Arremon Daspa, Juan Daspa, el judío Yehuda ben Mosé, Ishaq ben Sid o Rabí Çag, Samuel Leví, Abraham Alfaquí y cinco italianos: Buenaventura de Siena, Egidius de Thebaldis de Parma, Petrus de Regium, Juan de Cremona y Juan de Mesina. De todos ellos ya hemos hablado detenidamente más arriba, al referirnos al uso que de sus profesiones hacía también el rey.
[Romano, D. "Le opere scientifiche di Alfonso 10. e l'intervento degli ebrei", in Oriente e Occidente nel Medioevo: filosofia e science. Roma: Accademia Nazionale dei Lincei, 1971, pp. 677-711.]

[Cfr., además de lo señalado en cada momento:
• Benito Ruano, ELoy. "Ámbito y ambiente de la 'Escuela de Traductores de Toledo'", in Espacio, Tiempo y Forma. Serie III, Historia Medieval, 13 (2000), pp. 13-28.
• Gil, José S. La Escuela de Traductores de Toledo y sus colaboradores judíos. Toledo: Instituto Provincial de Investigaciones y Estudios Toledanos, Diputación Provincial, 1985.
• Montoya, Jesús et Domínguez Rodríguez, Ana. El scriptorium alfonsí: de los libros de Astrología a las Cantigas de Santa María. Madrid: Ed. Complutense, 1999.
• Procter, Evelyn. Alfonso X de Castilla, patrono de las letras y del saber. Murcia: Real Academia Alfonso X el Sabio, 2002.]

4. ALFONSO X, IMPULSOR DE LAS TRADUCCIONES DE LOS TEXTOS ÁRABES AL CASTELLANO.

A decir de Menéndez Pidal, una de las cuestiones que más hay que poner en valor de Alfonso X es que supo "orientar con seguridad el idioma hacia su definitiva norma, hacia su fijación, y dotar a España de una lengua prosística apta para la cultura intelectual", adquiriendo de esta manera el castellano verdadera categoría de "lengua literaria".
[Menéndez Pidal, Ramón. "De Alfonso a los dos Juanes. Auge y culminación del didactismo", in Studia hispanica in honorem R. lapesa. Vol. I. Madrid: Gredos, 1972, pág. 63].

4.1. PROPÓSITO DE ALFONSO X PARA FORTALECER EL CASTELLANO.

¿Cuál fue el propósito de Alfonso X para fortalecer el castellano? El mismo rey nos dice que vio la necesidad de acercar todos los saberes al mayor número de vasallos, empleando el roman paladino para que todos lo entiendan:

" Por end nos Rey don Alfonso el sobredicho mandamos al dicho Rabi Çag que lo fiziesse bien complido & bien paladino, de guisa que lo entendiessen aquellos que ouiessen sabor de lo fazer nueua mientre, assi como lo auemos fecho en los otros libros (...)
[Libro del saber de astronomía. Fol. 40r, Ms.156 de Complutense BH.]

"Et por esto nos don Alfonsso el sobredicho, mandamos a Rabi Çag de Toledo, nuestro sabio el sobre dicho, que lo posiesse en este libro & que lo amostrasse bien paladino. Et que aduga sobre cada razon su prueua de Geometria & de astrologia por toller la dubda. Et por que se paresca la certedumbre de lo que auemos dicho".
[Libro del cuadrante señero. Fol. 136r. Ms. París. Arsenal 8322]

"Por que este nuestro libro sea mas paladino & se pueda meior entender, et sepan los que leyeren mas ayna las obras que en el son pora ayudar se dellas quando las ouieren mester & lo touieren guisado..."
[Libro de las formas y de las imágenes. Fol. 1r. Ms. Escorial h-I-16]

Su sobrino don Juan Manuel, además, nos recordará que

«E este muy noble rey don Alfonso, entre muchas nobles cosas que fizo, ordeno muy conplida mente la 'Crónica d'Espanna', e puso lo todo conplido e por muy apuestas razones e en las menos palabras que se podía poner, en tal manera que todo omne que la lea puede entender en esta obra, e en las cronicas que el conpuso e mando conponer, que avia muy grant entendimiento e avia muy grant talante de acrescentar el saber, e cobdiciaua mucho la onrra de sus regnos e que era alunbrado de la gracia de Dios para entender e fazer mucho bien.»
Don Juan Manuel. Crónica abreviada. Prólogo.

A ello quizá pueda añadírsele lo que señaló el profesor Deyermond que

"El empleo sistemático de la lengua romance no surgió (como se ha sugerido a veces) [cfr: Castro, Américo. España en su historia. Cristianos, moros y judíos. Buenos Aires: Losada, 1948, pp. 478-487; y en La realidad histórica de España. México, 1954, pp. 451-468;] bajo el influjo de los colaboradores judíos del rey en su obra cultural, sino más bien de su fuerte conciencia nacional y del deseo de promover el único lenguaje común a las tres razas —españoles, árabes y judíos— en su recientemente ampliado reino. Además, el uso de la lengua vulgar es más amplio y súbito en Castilla que en ninguna otra parte, existe una tendencia general en esta época según la cual la expansión de la educación es seguida de la secularización del conocimiento, con más amplio uso de las lenguas nacionales."
[Cfr.: Deyermond, A. D. Historia de la literatura española. Vol. I. Edad Media. Barcelona, Ariel, 1984, pp. 155-156.]

Lógicamente, estos términos siempre precisados con las salvedades de Cano Aguilar:

"Los motivos propiamente castellanos que se han aducido para explicar la elección del romance por el Rey Sabio mantienen, sí, su importancia, pero muy matizada: tanto el 'nacionalismo', o, mejor, el nuevo espíritu de Castilla tras su extraordinaria expansión en la primera mitad del XIII, como el recelo de los colaboradores judíos del Rey al latín y a la cultura eclesiástica pierden su primacía explicativa. Por su parte, el influjo judío debería haber operado sólo en aquellos textos donde su labor está claramente atestiguada (p. ej., los de tipo astronómico), pero no en los históricos o jurídicos, donde no parecen haber actuado en absoluto. Ciertamente, Castilla en el s. XIII era un privilegiado lugar de encuentro de 'cristianos, moros y judíos', y por ello sirvió de transmisión de la cultura oriental al resto de Europa; pero los motivos que orientaron su actividad intelectual, al menos durante ese período, no me parece que fueran tan peculiares".
[Cano Aguilar, Rafael. "La construcción del idioma en Alfonso X el Sabio", in Philologia hispalensis, 4, 2 (1989), pp. 464-465.]

Y aunque el rey no era un intelectual ni un filólogo, para que podamos dar un crédito excesivo a palabras como que "emienda" y "endereça", lo cierto es que a él le debemos el que se pongan, a disposición de todos, los conocimientos de los antiguos, se puedan más fácilmente estudiar al estar traducidos al castellano y ampliar el número de lectores, de los ya existentes en el interior de los monasterios y "studii" catedralicios.

"En nombre de Dios amen. Este es el 'Libro de las figuras de las estrellas fixas que son en ell ochavo cielo', que mandó trasladar de caldeo e de arábigo en lenguage castellano el rey D. Alfonso, et trasladólo por su mandado Yhuda el Coheneso, su al faquín, et Guillen Arremón d'Aspa, so clérigo.
Et después lo endreçó [corrigió], et lo mandó componer este rey sobredicho, et tollo [quitó] las razones [expresiones] que entendió eran sobejanas [sobradas], et dobladas et que non eran en castellano drecho, et puso las otras que entendió que cumplían; et quanto en el lenguage, endreçolo él por sise [por sí mismo].
Et en los otros saberes hobo por ayuntadores a maestre Joan de Mesina, et a maestre Joan de Cremona, et a Yhuda el sobredicho, et a Samuel.
Libro de la ochava esfera.

Pues, como nos dirá luego su sobrino don Juan Manuel, a quien acudimos nuevamente:

«E por esta razón, los que fazen o mandan fazer algunos libros, mayor mente en romançe, que es sennal que se fazen para los legos que non son muy letrados, non los deuen fazer de razones nin por palabras tan ssotiles que los que las oyeren non las entiendan o por que tomen dubda en lo que oyen.
Don Juan Manuel. Crónica abreviada. Prólogo.

Y es que, como nos dice J. L. Alborg:

"existía una radical dualidad para la prosa: se hablaba en romance, pero se seguía escribiendo en latín porque sólo a esta lengua se le reconocía dignidad para redactar los documentos, las historias, los libros gravemente doctrinales. Mas el estudio de este idioma latino, debido al analfabetismo general, no era posible sino en el ámbito -muy limitado- de los monasterios, por lo que cada vez era menor el número de quienes eran capaces de entenderlo. A medida que avanzaba la Reconquista y se incorporaban a Castilla grandes focos de cultura árabe, se advertía mejor el hecho de que este pueblo poseía una lengua viva, a la vez escrita y hablada, propia de toda gran nación, tal como en la antigüedad había sido el caso de Grecia y de Roma. Se imponía, pues, el retorno a la unidad lingüística no sólo por el deseo natural de emular a aquellos pueblos en la posesión de un vehículo nacional de cultura, sino porque sólo con un idioma único podía hacerse la divulgación eficaz de todo el saber científico".
[Alborg, J. L. Historia de la literatura española. Tomo I. Edad Media y Renacimiento. Madrid: Gredos, 1997, pp. 54-155.
Para la intervención del rey en las obras: García Solalinde, Antonio. "Intervención de Alfonso X en la redacción de sus obras", in Revista de Filología Española, II (1915), pp. 283-288.]

De la importancia del árabe como lengua hablada y lengua literaria daba cuenta, por ejemplo, en ese momento, Roger Bacon, quien comentaba que para estudiar filosofía (a Aristóteles, fundamentalmente, pero además, al resto de pensadores griegos) era mejor saber árabe, pues los pocos textos que había en latín estaban depauperados, ya que se basaban en traducciones hechas del árabe por malos traductores («latini nihil quod valet habent nisi ab aliis linguis, et pauci fuerunt interpretes et mali»).
[Bacon, Roger. Opus Majus ad Clementem Quartum Pontificem Romanum. Londres: Gulielmi Bowyer, 1733, pag. 246.]

4.2. FIDELIDAD AL TEXTO ORIGINAL EN LA TRADUCCIÓN DEL EQUIPO DEL SCRIPTORIUM REAL.

Hay una doble cuestión, que deberemos señalar, para los trabajos llevados a cabo por el equipo del scriptorium real: una referida a los textos en los que meramente hay una traducción de un original árabe, y otra a aquellos que llevan un comento, haciéndolos más inteligibles. Según esto, cuando hablamos de traducciones exclusivamente, los traductores alfonsinos tuvieron
"un espíritu de gran fidelidad a los originales traducidos, fidelidad que no sólo afecta al vaciado o moldeamiento de las palabras, al curso de la frase (...), sino también al candor y casi infantil respeto que profesan a sus fuentes, respeto muy compartido por el rey, el cual, siempre que no se encuentra un tratado sobre una materia, manda a uno de sus sabios -generalmente a Rabí Zag- para que, en su defecto, lo componga".
[Millás Vallicrosa, J. "El literalismo de los traductores de la corte de Alfonso el Sabio", in Al-Andalus, 1 (1933), pág. 159]

Este sería el caso, por ejemplo de "Calila e Dimna". Ahora bien, cuando las obra se ha articulado en base al compendio de varios textos, y necesitan ser "ayuntados", se genera una interpretación que guarda el sentido pero no la literalidad. Así, por ejemplo, F. Rico señala para la "Estoria de España" que

"Sabemos, por ejemplo, que el relato bíblico suele combinar la traducción y la paráfrasis (amplia o sintética) de la misma Escritura con los datos y complementos de Flavio Josefo, las explicaciones de Coméstor, las acotaciones de la 'Glossa'; sabemos que una narración mitológica puede trenzar el 'Libro de las generaciones de los gentiles' con el «Ouidio mayor» (las Metamorfosis) y el 'Libro de las duennas' (las 'Heroidas'). Pero no podemos afirmar por quién o quiénes, en qué nivel de la tarea, se zurcieron esos varios retazos en un diseño coherente. Lo único claro es que en la 'General estoria', como en la 'Estoria de España', «antes de alcanzar el grado último de perfección compilatoria, cada fragmento pasó por toda una serie de etapas elaborativas»" [Catalán Menéndez-Pidal, Diego. «El taller historiográfico alfonsí: métodos y problemas en el trabajo compilatorio», Romania, 84 (1963),", pág. 359]. [Rico, Francisco. Alfonso el Sabio y la "General Estoria": tres lecciones. Barcelona: Ariel, 1984, pág. 179, nota 25]

4.3. ¿CUÁL FUE EL GRADO DE PARTICIPACIÓN DEL REY EN LAS OBRAS?.

Nos dijo Solalinde que estaba claro que:
"El rey tomaba parte directa en los trabajos previos de la composición de las 'razones', o sea, de la materia, y enumera las distintas operaciones críticas a que sometía, el rey mismo, esas razones, que parecen consistir en ponerlas de acuerdo y en rectificarlas, al propio tiempo que adoctrinaba a sus colaboradores en su composición y elegía quién había de redactarlas definitivamente".
[García Solalinde, Antonio. "Intervención de Alfonso X en la redacción de sus obras", in Revista de Filología Española, II (1915), pág. 287.]

Para hacer tal afirmación se basó en el siguiente texto:


"El rey faze un libro, non por quel escriua con sus manos, mas por que compone las razones del, e las emienda et yegua, e enderesça, e muestra la manera de como se deuen fazer, e desi escriue las qui el manda, pero dezimos por esta razon que el rey faze el libro. Otrossi quando dezimos: el rey faze un palacio o alguna obra, non es dicho por quelo el fiziesse con sus manos, mas por quel mando fazer e dio las cosas que fueron mester pora ello; e qui esto cumple aquel a nombre que faze la obra, e nos assi ueo que usamos delo dezir. ".
General estoria I, Lib. XVI, cap. XIV, f. 215r. del Ms. 816 de la BNE.

Aceptado esto por R. Menéndez Pidal, matizó:

«En la elaboración de estas obras intervienen, según varias notas que se hallan en los manuscritos, primeramente los trasladadores, o traductores, que hacían la traducción de libros seleccionados; vienen luego los ayuntadores, o compiladores, encargados de compaginar los textos traducidos y elaborar una nueva exposición de la materia; por último actúan los capituladores que dividen la obra en sus partes expositivas y las rotulan. [...] Alfonso X idea la obra que debe emprenderse, ordena el acopio de los libros necesarios, puntualiza el personal destinado a la traducción o composición de cada tratado, y caso necesario, dispone la retraducción o la reelaboración, cuando no le satisface el trabajo de sus colaboradores»
[Menéndez Pidal, Ramón (ed.). Primera Crónica General de España que mandó componer Alfonso X el Sabio y se continuaba bajo Sancho IV en 1289. Con la colaboración de A. G. Solalinde, M. Muñoz Cortés y J. Gómez Pérez. Madrid: Seminario Menéndez Pidal- Gredos, 1977, pág. 852.]

Ahora bien, debemos fijarnos, tal y como nos hizo notar I. Fernández-Ordoñez que

"En los prólogos de las obras astrológicas se cita a los colaboradores encargados de cada libro, y se habla de la labor del rey limitándola al encargo: "don Alfonso mandó fazer/ Nos, don Alfonso, mandamos fazer" [incluso los propios autores, como Rabi Çag o Yhuda hablan en primera persona: "don Alfonso [...] mandonos rectificar [...] et nos obedescimos su mandado"]. En cambio, la figura del rey adquiere una tutela mucho más estrecha sobre las obras jurídicas e históricas así como sobre su creación más personal, las Cantigas de Santa María: en ellas el rey siempre habla en primera persona "Nos, don Alfonso" y se atribuye la autoría, "feziemos", "compusiemos", de los libros".
[Fernández-Ordóñez, Inés. "El taller historiográfico alfonsí. La 'Estoria de España' y la 'General estoria' en el marco de las obras promovidas por Alfonso el Sabio". Na.: 1999, pág. 2]

Lógicamente, tampoco directamente él escribió las leyes, mas:

"Si bien Alfonso se declara autor de las leyes, en las dos obras más tempranas, el 'Fuero real' y el 'Espéculo', admite la colaboración de expertos, cuyos nombres no son, no obstante, mencionados: "ouiemos conseio con nuestra cort et con los omnes sabidores de derecho" (Fuero real); "este libro que ffeziemos con consseio e con acuerdo de los arçobispos e de los obispos de Dios e de los rricos omnes e de los mas onrrados ssabidores de derecho que podiemos auer e fallar e otrossi de otros que auie en nuestra corte e enuestro rregno" (Espéculo). En cambio, en las 'Partidas', igual que en las dos 'Estorias', el papel de los sabios que ayudan al rey se reduce al de ser fuentes escritas de las obras compiladas: "fiziemos estas leyes que son escriptas en este libro [...] e tomamos las de los buenos fueros e de las buenas costumbres de Castiella e de Leon e del derecho que fallamos que es mas comunal e mas prouechoso pora las gentes en todo el mundo" (Partidas, primera redacción). Sólo en la última redacción de las Partidas se comparte la responsabilidad del texto, pero no con ningún ser temporal sino que nada menos que con Jesucristo y la Virgen María: "acorrimos nos de la vertud de Dios e del bendicho su fijo Ihesu Christo, en cuyo esfuerço nos lo començamos e de la bien auenturada Virgen Gloriosa salua santa María, su madre, que es medianera entre nos e El, et de toda la corte celestial; otrossi de los dichos dellos, et tomamos de las palabras et de las buenas razones que dixieron los sabios, que entendieron las cosas razonablemente segund natura, et de los otros dichos de las leyes et de los buenos fueros que fezieron los grandes señores et los otros sabidores del derecho en la tierra que ouieron de iudgar".
[Fernández-Ordóñez, Inés. "El taller historiográfico alfonsí. La 'Estoria de España' y la 'General estoria' en el marco de las obras promovidas por Alfonso el Sabio". Na.: 1999, pág. 2, nota 6]

 De este modo, podemos establecer una gradación de participación distinta, dependiendo de si los textos son legislativos o no, de si estamos hablando de las "Cantigas" (de las que directamente compuso algunas) o de textos científicos, de si nos referimos a textos históricos u otros.

5. OBRAS DEL SCRIPTORIUM REAL.

La labor de recuperación (se trasladaron a Toledo los restos de la biblioteca de al-Hakam II, por ejemplo, las bibliotecas sevillanas y murcianas tras su conquista también), traslación y (re)creación que se hicieron en este período fue tan importante que la relación se está recopilando a través de la Fundación Ignacio Hernando de Larramendi, junto a la Fundación Mapfre y la Universidad de Castilla-La Mancha, creando una Biblioteca Virtual de la Antigua Escuela de Traductores de Toledo. Por ello nos remitimos a ella para una visión más completa. No obstante, señalamos algunas de las que habitualmente se vienen contabilizando:



DERECHO.

Fuero real (h. 1254).
Es la única obra legal que fue promulgada en vida del rey, aunque también lo fue de aplicación desigual.

Compuesto por Fernando Martínez de Zamora, según una parte de la crítica, o por Jacobo de las Leyes, según otros, antes de 1255, se basa en la Biblia, el "Liber Iudiciorum" en su versión castellana, los Fueros municipales castellanos, el "Liber Augustalis", las "Decretales", los "Ordines Iudicarii", etc. Tendrá como finalidad el que con él "se judguen comunalmente varones e mugeres", esto es, para general cumplimiento del Reino de Castilla (las cortes de Zamora de 1274 lo llamarán 'Fuero Castellano') en sus distintos municipios. De esta manera, de los 36 manuscritos que nos han quedado de él, cada uno se corresponde con un encabezamiento diferente dependiendo de la localidad, por lo que debe ser considerada ley municipal.
[Cfr.: Iglesias Ferreirós, Aquilino. "Fuero Real y Espéculo", in Anuario de Historia del Derecho Español, 52 (1982), pp. 111-191].

Sírvanos de ejemplo este Libro otorgando Fuero Real en 1262 a Valladolid, y cuyo texto suele repetirse en otras poblaciones. Tan sólo hay que sustituir "Valladolid" por cualquiera de las localidades que recibieron fuero municipal, como Aguilar de Campóo, Sahagún, Baeza [en 1255]; Burgos, Soria, Peñafiel, Cuéllar, Alarcón, Buitrago, Atienza y Palencia [en 1256];; Talavera de la Reina, Alcaraz [en 1257]; Escalona, Béjar, Villa Real [en 1261]; Madrid, Valladolid, Guadalajara, Plasencia, Tordesillas [en 1262]...:

"Et por ende, Nos, don Alfonso, por la gracia de Dios, rey de Castiella, de Toledo, de León de Gallizia, de Seuilla, de Córdoua, de Murcia, e de Jahén, de Badajoz, e de Baeza, e del Algarue. Entendiendo que la villa de Valladoliz non ouiera fuero fasta en el nuestro tiempo et iudgávase por hazannas e por aluedríos departidos de los omnes et por usos desaguisados et sin derecho, de que uienen muchos males et muchos dannos a los omnes e a los pueblos; et pidiéndonos merced que les emendássemos los sos usos, que fallásemos que eram sin derecho, et que les diéssemos fuero porque visquiesen derechamiente daquí adelante, ouiemos conseio con nuestra corte e con los omes sabidores de derecho, e dímosles este fuero que es escripto en este libro, porque se judguen comunalmente varones e mugeres. E mandamos que este fuero sea guardado para sienpre, e ninguno non sea osado de venir contra ello...."

El fuero recoge 550 leyes, repartidas en 4 libros:

Libro I: contiene 12 títulos. Recoge un compendio de derecho eclesiástico y fe cristiana (Título 1 y 5), los derechos del rey y del reino (Títulos 2-4), las leyes (Título 6) y personas que han de intervenir en la administración de justicia (Títulos 7-10), con una expresa y completa descripción: alcaldes ("nengún ome non sea osado de iudgar pleytos, si non fuere alcalde puesto por el rey", Título VII, Ley II), escribanos públicos, 'bozeros', 'personeros', qué pleitos valen (Título 11) y sobre qué se puede pleitear (Título 12)...

Libro II: contiene 15 títulos. Recoge todo un testimonio de derecho procesal: etapas de todo juicio (mandamiento del alcalde, emplazamientos, asentamientos, respuestas, conocimientos, testimonios, pruebas, cartas, traslados, defensa) modo en que se han de celebrar los juicios, desde el planteamiento de la demanda hasta la apelación, y funciones que desempeñan los intervinientes (Títulos 2-12), juicios acabados, alzadas (Títulos 13-15).

Libro III: contiene 20 títulos. Son de derecho matrimonial y testamental: matrimonio, arras, ganancias del hombre y mujer, labores, particiones, sucesiones, obligaciones, herencias, desheredamientos, (Títulos 1-9); y derecho mercantil: contratos de compraventa, trueques, donaciones, encomiendas, préstamos, arrendamientos, fianzas, prendas, deudas (Títulos 10-20).

Libro IV: contiene 25 títulos. Son de derecho penal: los delitos de herejía, judaísmo, injurias, daños a las propiedades, cierre de caminos, adulterios, uniones sexuales prohibidas, violaciones, falsificaciones, hurtos, huida de siervos, ejercicio de la medicina sin autorización, homicidios, profanación de sepulturas, deserción (Títulos 1-19), señalando qué penas imponer, procedimiento criminal a llevar (Título 20); de la adopción (Título 21), de la emancipación (Título 22), de los romeros (Título 23), de los naufragios de navíos (Título 24), de los rieptos de los hidalgos (Título 25).

[Puede leer el "Fuero Real", entre otros lugares, en:
• Manuscrito del Fuero Real de Valladolid Mss 7798 de la BNE.
• Edición de 1541: Fuero Real de España / dilige[n]teme[n]te hecho por el ... Rey do[n] Alo[n]so IX; glosado por Alonso diaz de Mo[n]taluo, assimesmo por vn sabio doctor de la vniuersidad de Salamanca; addicionado y concordado con las Siete partidas, y Leyes del Reyno ... Burgos: Juan de Junta, 1541.
 • Edición de la Real Academia de la Historia: "Alfonso X. Fuero Real", in Opúsculos legales del Rey don Alfonso el Sabio. Tomo II. Madrid: Imprenta Real, 1836.
• Palacios Alcaine, Azucena (ed.). Alfonso X el Sabio. Fuero real. Barcelona: Promociones y Publicaciones Universitarias, 1991.]

 ■ Espéculo (h. 1255).
A decir de Gómez Redondo el "Espéculo":
"supera al 'Fuero real', por el alcance con el que se concibe y por el modo en que se da acogida a la práctica del derecho romano; por otra parte, se trata de un libro de leyes (...) emergido del interior mismo de la corte, impulsado por la 'voluntad' personal del rey; es más: sin el 'Espéculo' no se podría entender por qué la historia ha llamado 'sabio' a este monarca; es la obra que mejor refleja la primera ideología alfonsí, sus ideales más puros como 'rey letrado' (...). Es un libro, el 'Espéculo', que mira hacia dentro, que piensa en la unidad de los reinos, aún demasiado frágil, y que quiere tender unos límites a las ambiciones de la nobleza castellana. Pero no sólo eso: en esta obra se encuentra, en ciernes, trazada la estructura ideológica con la que Alfonso va a pensar su obra entera: el concepto de 'saber' y de 'entendimiento', amén de un sinfín de preocupaciones estilísticas, surgidas de su personal conciencia de 'auctor'. Contiene, por ello, el 'Espéculo' uno de los mejores modos de acceder al pensamiento de este Rey Sabio".
[Gómez Redondo, Fernando. Historia de la prosa medieval castellana. Vol. 1. La creación del discurso prosístico: el entramado cortesano. Madrid: Cátedra, 1998, pág. 331].

Indica el rey Alfonso que hará hacer este "Espejo de las Leyes" porque viene observando que se dictan sentencias injustas por parte de los jueces, al disponer de pocos libros y carecer de fueros. Por ello, dispondrá que todos los municipios tengan una copia de él, pudiendo cotejarlo con el original, que estará guardado en la Corte. Es decir, pretende dotar a todos los tribunales de un corpus de derecho común a todos sus reinos (no sólo a Castilla, como sucedía con el "Fuero Real, sino queriendo asumir lo estblecido en el "Liber Iudiciorum" o "Lex Visigothorum"del derecho leonés)".

Conservado en 4 manuscritos, fue realizado entre 1255 y 1260. Es obra inconclusa (pues al darse la circunstancia de lo que se ha denominado el "fecho del imperio", el rey consideró que a lo mejor debería englobar en sus leyes elementos imperiales, y no sólo hispanos, o por las desafecciones de la nobleza y de su propia familia a la concepción que se establecía en el texto), por lo que resulta chocante, dice Gómez Redondo (op. cit., pág. 332) esta afirmación del proemio:

"E por esto damos ende libro en cada villa seellado con nuestro seello de plomo e toviemos este escripto en nuestra corte, de que son sacados todos los otros que diemos porlas villas, por que se acaesciere dubda sobre los entendemientos de las leyes e se alzasen a nos que se libre la dubda en nuestra corte por este libro que feziemos con conseio e con acuerdo de los arzobispos e de los obispos de Dios e de los ricos omes e de los mas onrados sabidores de derecho que podiemos aver e fallar, e otrosí de otros que avie en nuestra corte e en nuestro regno e catamos e escogiemos de todos los fueros lo que mas valie e lo meior e pusiemoslo, y tan bien del fuero de Castiella, como de Leon, como de los otros logares que nos fallamos que eran derechos e con razon non olvidando el derecho por que es pertenesciente a esto. E non catamos menos cabamiento de nuestras rendas e de nuestros derechos por que este libro fuese a pro de todos e conplido segunt Dios e ahondado de derecho e de justicia. Onde mandamos a todos los que de nuestro linage venieren e aquellos que lo nuestro heredaren, sopena de maldecion, que lo guarden e lo fagan guardar onradamiente e poderosamiente, e si ellos contra el venieren sean maldichos de Dios nuestro Señor, e cualquier otro que contra el venga por tolerle o quebrantarle o minguarle peche diez mill maravedis al rey, e este fuero sea estable para siempre".

El tratado está compuesto de 2500 leyes, distribuidas en 182 títulos, y 5 libros (aunque el texto remite a leyes de unos posibles tomos 6 y 7, que hoy están perdidos o no llegaron a hacerse, número que casa muy bien con el valor que el rey siempre dio a esta cifra).

Para componerlo, ya ha señalado el rey que: [Puede leer el "Espéculo", entre otros lugares, en:
• Manuscrito del s. XIV de la BNE, fechable en torno a 1390 "Espéculo".
• Edición de la Real Academia de la Historia de 1836: "Alfonso X. Espéculo o Espejo de todos los derechos", in Opúsculos legales del Rey don ALfonso el Sabio. Tomo I. Madrid: Imprenta Real, 1836.
• Martínez Díez, Gonzalo, et Ruiz Asencio, José Manuel. Espéculo. Edición y análisis crítico. Leyes de Alfonso X, 1. Ávila: Fundación Sánchez Albornoz, 1985.
• Macdonald, Robert A. (ed.) Espéculo. Texto jurídico atribuido al Rey de Castilla don Alfonso X, el Sabio. Madison: HSMS. 1990.]


Libro del fuero de las leyes (primera versión de las Siete Partidas, h. 1256-1265).

► Segunda versión de las Siete partidas (h. 1272-1275).

 Se trata de un cuerpo legislativo con el que daba cumplimiento Alfonso X al deseo de su padre de hacer una reforma jurídica unificadora y clara. Lo fue de tal modo que en ellas se han basado los corpus jurícios de los siglos posteriores, no sólo de España sino también del extranjero, pues, estructuradas las "Partidas" bajo el número siete, en palabras de Deyermond, lograron regular "todos los aspectos de la vida nacional, vista desde su vertiente eclesiástica y profana, la ley civil y criminal". Adquirieron definitivamente una gran importancia en España desde que Alfonso XI, en el Ordenamiento de Alcalá de 1348, las incorporó al cuerpo doctrinario legal.

Fueron realizadas por un grupo de juristicas dirigidos por el propio rey, entre los que estaban el maestro Jacobo, el notario leonés Juan Alfonso, el maestro Roldán y Fernando Martínez de Zamora.

En ellas se recoge toda la legislación anterior:

• El "Fuero Juzgo", que fue traducido del latín en época de Fernando III el Santo.
• El "Fuero Real".
• El "Setenario", quizá borrador de la primera de las partidas, según Deyermond. [cfr.: Craddock, Jerry R. "El Setenario: última e inconclusa refundición alfonsina de la primera Partida", in Anuario de Historia del Derecho Español, 56 (1986), pp 441-466].
• El "Decretum" de Graciano (1150).
• Las "Decretales" (1187 y 1191) y la Recopilación Gregoriana (1234).
• Los Cánones Conciliares.
• El derecho romano, según las leyes del Digesto y Código de Justiniano.
• La Biblia.
• Colecciones de exempla y sentencias: Discplina Clericalis, Bonium...
• La "Doctrinal de los juicios" y "Las Flores del Derecho", del maestro Jacobo.
• La "Margarita de los pleytos", de Fernando Martínez de Zamora.

Las siete partidas componen un acróstico con su letra inicial (A-L-F-O-N-S-O). Cada partida se divide en títulos (182 en total), y éstos en leyes (2.683 en total).

Consta de las siguientes secciones:

Primera Partida: Sobre religión, "en la que el autor demuestra que todas las cosas pertenecen a la iglesia católica, y que enseñan al hombre conocer a Dios por las creencias".
Segunda Partida: Sobre la realeza, "lo que conviene hacer a los reyes, emperadores, tanto por sí mismos como por los demás, lo que deben hacer para que valgan más, así como sus reinos, sus honras y sus tierras se acrecienten y guarden, y sus voluntades según derecho se junten con aquellos que fueren de su señorío".
Tercera Partida: Sobre Justicia y Administración, "la Justicia que hace que los hombres vivan unos con otros en paz, y de las personas que son menester para ella".
Cuarta Partida: Sobre el matrimonio y la familia, "los desposorios, los casamientos que juntan amor de hombre y de mujer naturalmente y de las cosas que les pertenecen, y de los hijos derechureros que nacen de ellos, y de los otros de cualquier manera que sean hechos y recibidos, del poder que tienen los padres sobre sus hijos y de la obediencia que ellos deben a sus padres, pues esto, según naturaleza junta amor por razón de linaje, y del deudo que hay entre los criados y los que crían, y entre los siervos y sus dueños, los vasallos y sus señores, las razones del señorío y de lo bien hecho que los menores reciben de los mayores y otrosí por lo que reciben los mayorales de los otros
".
Quinta Partida: Sobre las relaciones comerciales, "de los empréstitos y de los cambios y de las miercas, y de todos los otros pleitos y conveniencias que los hombres hacen entre ellos, placiendo a ambas partes, como se deben hacer y cuáles son valederas o no, y cómo se deben partir las contiendas que entre las partes nacieren".
Sexta Partida: Sobre los testamentos y herencias, "quién los debe hacer, y cómo deben ser hechos y en qué manera pueden heredar los padres a los hijos y a los otros parientes suyos y aun a los extraños, y otrosí de los huérfanos y de las cosas que les pertenecen".
Séptima Partida: Sobre las leyes penales, "de todas las acusaciones y los males y las enemigas que los hombres hacen de muchas maneras y de las penas y de los escarmientos que merecen por razón de ellos".

[Puedes leer las "Siete Partidas":
• En este Ms. 140, del siglo XV, http://uvadoc.uva.es/handle/10324/298. • En la edición glosada de Alonso Díaz de Montalvo, de 1491: Siete Partidas. Sevilla: Maynardo Ungut Alamano et Lançalao Polono, 1491.
Hay una edición facsímil. Martínez Díez, Gonzalo (ed.). Alfonso X. Siete Partidas. Valladolid: Lex Nova S.A., 1989.

• En la edición glosada de Gregorio López de 1555, en "Las Siete Partidas del muy noble rey don Alfonso el Sabio, glosadas por el Lic. Gregorio López, del Consejo Real de Indias de S. M. 3 vols. Madrid: Compañía General de Impresores y Libreros del Reino, 1843.
Partida 1 Partida 2 Partida 3 Partida 4 Partida 5 Partida 6 Partida 7 .
Hay una edición fascímil de la de 1555. Madrid: Boletín Oficial del Estado, 1974 y 1999.

• En la edición de la Real Academia de la Historia de 1807: "Las Siete Partidas del rey don Alfonso el Sabio. 3 vols. Madrid: Imprenta Real, 1807.
Vol. I: Partida 1ª Vol. II: Partidas Segunda y TerceraVol. III: Partidas Quarta, Quinta, Sexta y Séptima.]

Setenario (h. 1283).
Estructura entorno al número siete (de ahí el nombre de "Setenario"), a decir de Deyermond, se trata de "una mezcla de código legal, enciclopedia y manual para uso de sacerdotes".
Unánimemente la crítica consideró esta obra como el primer texto legal de Alfonso X, hasta que Craddock nos hizo ver que contrariamente es la "última e inconclusa refundición alfonsina de la Primera Partida, apoyando esta tesis, con estudios lingüísticos que lo corroboran, Georges Martin..
[Craddock, Jerry R. . “El Setenario: última e inconclusa refundición alfonsina de la Primera Partida”, in Anuario de Historia del Derecho Español, 56 (1986), pp 441-466.
Martin, Georges. "De nuevo sobre la fecha del Setenario", in e-Spania. Revue interdisciplinaire d’études hispaniques médiévales et modernes 2 (2006).]

[Puedes leer el "Setenario" en:
• Vandeford, K. H. Alfonso X. Setenario. Buenos Aires: Instituto de Filología, 1945. Reimpreso con un estudio preliminar de R. Lapesa en Barcelona: Crítica, 1984]

HISTORIA.

Estoria de España (h. 1270-1274).
[Puedes leerla:
• En el manuscrito del s. XIV de la BNE: "Primera Crónica General".
• En esta oedición de Florián de Ocampo. Las quatro partes enteras de la Coronica de España, que mandó componer el Sereníssimo Rey don Alonso llamado el Sabio... Valladolid: Sebastián de Cañas, 1604.
• Y más modernamente en la edición de Menéndez Pidal, Ramón. Primera Crónica General. Estoria de España, que mandó componer Alfonso el Sabio y se continua bajo Sancho IV em 1289. Madrid: Bailly-Bailliere e Hijos, 1906.]

General estoria (h. 1270-1280).
[Puedes leerla en los manuscritos de la BNE:
Grande e gran Estoria. Primera parte. Libros I-X.
Grande e general Estoria. 2ª parte.
Tercera parte de la General Estoria.
Cuarta General Estoria de Alfonso el Sabio.]

Vitae Patrum (1257-1273): Bernardo de Brihuega.

CIENTÍFICAS.

Astrológicas.

Libro complido en los judizios de las estrellas (1254): Yehudá ben Mošé.
► Versión latina: Álvaro.
► Versión latina: Egidio di Tebaldis de Parma / Pietro di Reggio.
[• Hilty, Gerold (ed.). El Libro conplido de los iudizios de las estrellas / Aly Aben Ragel; traducción hecha en la corte de Alfonso el Sabio. Madrid, RAE, 1954. (Está en cinco partes todo el texto: Parte I. Parte II. Parte III. Parte IV. Parte V.]

Libro de las figuras de las estrellas fixas que son en el ochavo cielo: Yehudá ben Mošé / Guillén Arremón de Aspa.

Libro de la açafeha (1255-56) (perdido): Fernando de Toledo.

Libro dell esphera redonda o dell alcora (1259) (perdido): Juan de Aspa / Yehudá ben Mošé.

Libro de las cruzes (1259)*: Yehudá ben Mošé / Juan de Aspa.

Quadripartitum de Ptolomeo con el comentario de Alī ibn Ridwān (perdido) (?)

► Versión latina: Egidio di Tebaldis (post. a 1257).
Libro de las Tablas alfonsíes (1263-1272): Yehudá ben Mošé / Ishāq ben Sīd (Rabiçag).
Cánones alfonsíes.
Tablas numéricas (perdidas)
• Versión latina.
■ Libros del saber de astrología (1276-1277)*:
Primer códice:
Libro de las figuras de las estrellas fixas que son en el ochavo cielo (1276): Versión más completa y corregida de la traducción de 1256: Alfonso X, Juan de Mesina, Juan de Cremona, Yehudá ben Mošé, Samuel.
Libro de la esphera redonda o dell alcora (1277): Nueva versión de la traducción de 1259 con cuatro nuevos capítulos por el principio y otro por el final, atribuido éste a Mošé.
Libro del astrolabio redondo: Ishāq ben Sīd (Rabiçag).
Libro del astrolabio llano.
Libro de la lámina universal: Ishāq ben Sīd (Rabiçag).
Libro de la açafeha (1277): Nueva traducción de una versión árabe más completa: Bernaldo el arávigo / Abraham.
Libro de las armillas: Ishāq ben Sīd (Rabiçag).
Libro de las láminas de los VII planetas.
Libro del cuadrante (1277): Ishāq ben Sīd (Rabiçag).
Libro del relogio de la piedra de la sombra: Ishāq ben Sīd (Rabiçag).
Libro del relogio del agua: Ishāq ben Sīd (Rabiçag).
Libro del relogio dell argent vivo: Ishāq ben Sīd (Rabiçag).
Libro del relogio de la candela: Samuel el Leví.
Libro del palacio de las horas: Ishāq ben Sīd (Rabiçag).
Libro dell atacir: Ishāq ben Sīd (Rabiçag).
[ Puedes leer:
• La edición de Hamellius, Paschasius. "Divi Alphonsi romanorum et hispaniarum regis, astronomicae tabulae in propriam integritatem restitutae....". París: Christiani Wecheli, 1545.
• El manuscrito del s. XVI de la BNE "Tratados de Alfonso X sobre astrología y sobre las propiedades de las piedras".

Segundo códice:

Libro de los Cánones de Albateni.
Las Tablas de Albateni.
Libro de las Tablas de Zarquiel.
Tratado de cuadrante señero: Ishāq ben Sīd (Rabiçag).
Cosmología de Ibn al-Haytan (perdido) (?): Abraham
► Versión latina.
Mágicas.
Lapidario (1250) (códice perdido): Yehudá ben Mošé / Garcí Pérez.
Liber Picatrix (1257) (perdido).
► Versión latina.

Liber razielis (h. 1259?) (perdido): Juan de Aspa
► Versión latina.

Lapidario (h. 1277-79): versión en que se incorporan materiales del Picatrix.
Libro de las formas e las imágenes (1277-1279).
Libro de astromagia (h. 1280)*.
[Puedes leer:
"Lapidario" en la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes.
• El "Tratado de astrología y magia", del manusc. de la Biblioteca Vaticana, en la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes.]

JUEGOS.

Libro de acedrex, dados e tablas (1283).

RELIGIOSO.

Libro de la escala de Mahoma (?) (perdido): Abraham.
► Livre de leschiele Mahometi (1264) (versión francesa y versión latina): Buenaventura de Siena.

Cantigas de Santa María (h. 1264-1275) (primera redacción, 100 cantigas).

Cantigas (h. 1275-82) (segunda redacción, 400 cantigas: dos versiones de las últimas doscientas).
[Puedes leer:
• El manuscrito TO de la BNE, que estuvo en la catedral de Toledo en http://bdh-rd.bne.es/viewer.vm?id=0000018650.
• Andrés Marcos Burriel hizo una copia de ese manuscrito Cantigas de Santa María de D. Alonso Décimo, llamado el Sabio ; ofrecidas a la Reina Nuestra Señora , en 1755.
• Para buscar cualquier cantiga, detallando los datos métricos y la discografía y bibliografía es fundamental la base de datos de Oxford http://csm.mml.ox.ac.uk/index.php?p=poem_list.
• En esta página de Greg Lindahl puedes encontrar muchas cosas referentes a las Cantigas, desde el texto transcrito y su música, a un glosario: http://www.pbm.com/~lindahl/cantigas/.
• En http://cantigas.webcindario.com/ tienes una web con las cantigas, imágenes, instrumentos, música, facsímiles...
Cantigas profanas (44 cantigas).


Finalmente reseñamos que otro recurso fundamental bio-bliográfico, crítico-textual y documental para conocer a Alfonso X es el portal de la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, a cuya ventana puedes acceder en http://www.cervantesvirtual.com/portales/alfonso_x_el_sabio/






BIBLIOGRAFÍA CRÍTICA CITADA.-

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